La decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de revisar nuevamente el litigio fiscal derivado de la quiebra de Interjet revive uno de los casos que durante varios años fue defendido por el abogado y notario Francisco Javier Mondragón Alarcón, principal representante legal de Miguel Alemán Magnani durante la crisis de la aerolínea.
Francisco Javier Mondragón Alarcón fue durante varios años el principal abogado y vocero jurídico de Miguel Alemán Magnani en los asuntos derivados de la crisis de Interjet. En agosto de 2021, después de que se librara una orden de aprehensión contra el empresario por un presunto fraude fiscal relacionado con impuestos retenidos por la aerolínea, el litigante sostuvo públicamente que su cliente se encontraba en Europa buscando inversionistas para rescatar la empresa y negó que hubiera abandonado el país para sustraerse de la justicia.
Aunque la revisión que ahora emprenderá la Suprema Corte se limita al litigio promovido por el SAT sobre la responsabilidad solidaria de los directivos de Interjet, el expediente representa uno de los procedimientos más relevantes en los que Mondragón asumió la representación legal de Miguel Alemán Magnani y cuyo desenlace podría establecer un criterio aplicable a futuros litigios fiscales.
El caso gira en torno al crédito fiscal por 689.3 millones de pesos que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) determinó contra Miguel Alemán Velasco y Miguel Alemán Magnani al considerarlos responsables solidarios por adeudos fiscales de Interjet. La controversia, en la que Mondragón encabezó la estrategia jurídica del empresario durante distintos procedimientos derivados del colapso de la compañía, será ahora analizada por el máximo tribunal del país.
Con una votación de siete ministros a favor y dos en contra, la SCJN ejerció su facultad de atracción para conocer los recursos de revisión fiscal 205/2025 y 253/2025, promovidos por el SAT contra la sentencia que anuló ese crédito fiscal. La solicitud fue presentada por el ministro Arístides Rodrigo Guerrero García, después de que el asunto permaneciera pendiente durante varios meses.
Aunque el litigio tiene su origen en la situación financiera de Interjet, la resolución tendrá implicaciones que trascienden ese caso. La Corte deberá establecer el alcance de la figura de responsabilidad solidaria prevista en el artículo 26 del Código Fiscal de la Federación y definir en qué circunstancias administradores, consejeros y directivos pueden responder personalmente por obligaciones tributarias incumplidas por una empresa.
El criterio que adopte el máximo tribunal podría convertirse en un precedente para futuros litigios fiscales relacionados con empresas en insolvencia y con la responsabilidad patrimonial de quienes forman parte de sus órganos de administración.
*El origen del crédito fiscal*
El conflicto deriva de la crisis financiera de Interjet. De acuerdo con el SAT, durante los ejercicios fiscales de 2018 y 2019 la aerolínea retuvo recursos correspondientes al Impuesto Sobre la Renta (ISR) y al Impuesto al Valor Agregado (IVA) que posteriormente no fueron enterados a la autoridad hacendaria.
En abril de 2020, el SAT determinó que Miguel Alemán Velasco, entonces presidente del Consejo de Administración de ABC Aerolíneas, y Miguel Alemán Magnani, vicepresidente y director general de la empresa, debían responder como responsables solidarios por esos adeudos.
No obstante, en 2024 el Quinto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa resolvió que esa figura jurídica no resultaba aplicable al caso porque el Código Fiscal de la Federación vigente durante los ejercicios fiscales de 2018 y 2019 no contemplaba dicha responsabilidad en los términos planteados por la autoridad.
En cumplimiento de esa resolución, el Tribunal Federal de Justicia Administrativa emitió en diciembre de 2024 una nueva sentencia que declaró la nulidad lisa y llana del crédito fiscal.
El SAT impugnó esa decisión mediante recursos de revisión fiscal. El procedimiento permaneció suspendido durante varios meses después de que la autoridad promoviera el impedimento de dos magistradas del Quinto Tribunal Colegiado y, posteriormente, por la solicitud de atracción presentada ante la Suprema Corte.
*El criterio que definirá la Corte*
La atracción del asunto no significa que el crédito fiscal haya sido restablecido.
Lo que resolverá la SCJN es si los tribunales inferiores interpretaron correctamente el alcance de la responsabilidad solidaria prevista en el artículo 26 del Código Fiscal de la Federación y determinar a qué personas puede aplicarse esa figura jurídica.
La resolución también permitirá precisar si esa responsabilidad constituye una norma sustantiva, que no puede aplicarse retroactivamente, o una disposición de carácter procesal, uno de los aspectos que generó criterios divididos entre el Tribunal Federal de Justicia Administrativa y el Quinto Tribunal Colegiado.
Hasta ahora, la Suprema Corte no ha fijado la fecha en que discutirá el proyecto de sentencia.


