Precisa Semovi alcances de Reglamentación a transporte de carga peligrosa. Restringe licencias

La Secretaría de Movilidad  (SEMOVI) informó hoy sobre los alcances de las reformas al Reglamento de la Ley de Movilidad, publicadas en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el pasado viernes 10 de octubre para regular al transporte de carga y sobre todo al de sustancias peligrosas o tóxicas.

Señaló que una modificación al artículo 120 del Reglamento de la Ley de Movilidad establece que al realizar el trámite de alta de vehículos para el servicio de transporte de carga de sustancias tóxicas o peligrosas, estos deberán contar con un Dictamen de seguridad otorgado por la autoridad competente.

En dicho dictamen se debe avalar el conocimiento del conductor en el manejo de las mismas.

Todos los trámites de alta de unidades extranjeras deberán presentar el pedimento de importación, mientras que en el caso de vehículos usados se deberá acreditar que la unidad ha sido dada de baja.

De igual forma, en el artículo 126 se asigna la Licencia tipo “E12” para la conducción del transporte especializado que así establezca la secretaría.

Mientras que la Licencia tipo “E13” será exclusiva para la conducción de vehículos que transporten sustancias tóxicas o peligrosas.

Para la expedición de las Licencias tipo “C”, “D” y “E”, se requiere acreditar o contar con Licencia tipo ”A” con al menos tres años de antigüedad. 

Además, en el caso de licencias para conducir emitidas por autoridades responsables de las entidades federativas, la persona interesada deberá acreditar que los documentos presentados se encuentran vigentes y que cumplen con la antigüedad requerida.

Finalmente, el artículo 128 agrega que para la expedición de la Licencia tipo “E13”, el interesado deberá acreditar que cuenta con los conocimientos suficientes en la conducción de vehículos que transporten sustancias tóxicas o peligrosas. 

Estas modificaciones se suman a las reformas aplicadas al Reglamento de la Ley de GestiónIntegral y Protección Civil, y al Reglamento de Tránsito, ambos también de Ciudad de México, a fin de fortalecer la seguridad vial y mejorar las condiciones de movilidad para la correcta operación de las unidades y los operadores que ofrecen el servicio de transporte de sustancias tóxicas o peligrosas.

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