En la Ciudad de México, los usuarios de scooters y bicicletas eléctricas deberán portar una licencia para poder circular y esa obligación ya es ley, pues los diputados capitalinos aprobaron hoy reformas en materia de movilidad que imponen ese requisito.
La aprobación de esos cambios legales se da a pesar de protestas recientes por parte de colectivos y usuarios de ese tipo de unidades, quienes se habían reunido con diputados de Morena.
Por unanimidad y con 58 votos a favor de legisladores de todos los partidos, el Congreso capitalino aprobó reformas a la Ley de Movilidad, a fin de establecer que las bicicletas eléctricas y scooters son “vehículos motorizados eléctricos personales (Vemepe).
Bajo esa definición y de acuerdo con una adición incluida en el artículo 64 de la Ley de Movilidad, “deberán contar y portar licencia correspondiente al tipo de vehículo para conducir junto con la documentación establecida por esta ley”, se lee en el dictamen aprobado.
Para dejar en claro que los Vemepes están obligados a circular con licencia, los diputados incluyeron una definición específica para esos vehículos en el artículo 9 de la Ley de Movilidad, la cual se enfoca en aspectos relacionados con su potencia, velocidad máxima y peso.
Un Vehículo Motorizado Eléctrico Personal es aquel que para su conducción cuenta con acelerador independiente, tiene dos o más ruedas y está equipado con un motor eléctrico cuya velocidad máxima excede los 25 kilómetros por hora con o sin necesidad de tracción humana.
Se clasificarán en Tipo A aquellos con peso menor a 35 kilogramos y Tipo B con peso mayor a 35 kilogramos y hasta 350 kilogramos.
Para ese artículo, la diputada de Movimiento Ciudadana Patricia Urriza y el diputado de Morena Paulo García presentaron reservas al dictamen a fin de hacer precisiones respecto a las características de los Vemepe.
Así, se considera que entran dentro de esta categoría y por lo tanto a la obligación para tener licencia, a los vehículos cuyo motor tenga una potencia continua nominal a partir de 250 watts y hasta 1 KW (1.34 HP).
Paulo García aclaró que incluir esa precisión es importante, pues no es un parámetro vacío ya que viene incluido en la Ley General de Movilidad.
A propuesta de Patricia Urriza se amplió el vehículo no motorizado y se entenderá que se trata de vehículos de tracción humana como las bicicletas, monociclos, triciclos, custriciclos, patines, patinetas y monopatines, así como aquellos con motor de baja potencia que no alcance velocidades mayores a 25 kilómetros por hora y los que son utilizados por personas con discapacidad.
Aunque se aprobaron las reservas presentadas por Patricia Urriza, la legisladora acusó que la reforma tiene muchos vacíos, pues no queda claro por cuáles espacios de la vía pública podrán circular los Vemepes, es decir, si tendrán permitido acceder a las ciclovías o deberán hacerlo por el carril de flujo vehicular, lo cual pondría en riesgo al usuario.
Luego de las protestas de los colectivos, durante el periodo extraordinario de sesiones que se celebró hoy en el Congreso capitalino, se montó un operativo de seguridad con granaderos en las escalinatas del edificio de Donceles y Allende, sin embargo, no hubo manifestaciones.



