A partir de esta semana en la CDMX, los choques lamineros ya no obligarán a los automovilistas involucrados a permanecer en el lugar del percance hasta que llegue el seguro, con el consecuente tráfico vehicular que ello genera.
El gobierno de la Ciudad y la Asociación Mexicana de Instituciones de Seguros (AMIS) alcanzaron un acuerdo que permitirá a los automovilistas mover el vehículo siniestrado a un sitio donde no estorbe el tránsito, sin que ello implique perder el derecho a la reclamación de daños.
Esta condición aplicará siempre y cuando en ese choque no haya lesionados o fallecidos, el conductor no vaya bajo el influjo de alcohol o drogas y no se registren daños en la vía pública.
La posibilidad de mover el vehículo del sitio en donde se registre un choque laminero también aplicará para autos que no cuenten con seguro.
Hoy la jefa de gobierno de la Ciudad Claudia Sheinbaum, junto con Juan Patricio Riveroll presidente de la AMIS, presentaron los detalles de este convenio que entrará en vigor a partir de su publicación en la Gaceta Oficial capitalina.
Sheinbaum estimó que entre la tarde de este lunes 15 de mayo o el 16 de mayo se publicará una reforma al artículo 54 del Reglamento de Tránsito.
La reforma al Reglamento establecerá lo siguiente:
“Si todos los vehículos están en condiciones de circular, ninguno de los conductores presenta síntomas de estar bajo el influjo de alcohol o narcóticos, estupefacientes o psicotrópicos y no hubiera daños en bienes públicos, las partes moverán sus vehículos con el fin de liberar el tránsito en las vías afectadas a fin de no obstruir la circulación”.
El objetivo, además de evitar conflictos viales, es salvaguardar la integridad de las personas involucradas en el percance, así como la seguridad las demás personas usuarias de la vía.
De acuerdo con la Secretaría de Seguridad Ciudadana, un 80 por ciento de los siniestros viales en la CDMX son los conocidos como lamineros, es decir, aquellos donde no existen personas lesionadas no daños a bienes públicos.
Los casos en los cuales no podrá moverse el vehículo serán cuando se presenten lesionados o fallecidos, cuando el conductor esté bajo el influjo de alcohol o drogas o cuando haya daños en la vía pública.



