El Pleno del Congreso capitalino aprobó una reforma electoral que facilitará la colocación de propaganda política en el mobiliario urbano
A partir del siguiente periodo electoral, las y los candidatos no tendrán la obligación de establecer convenio alguno con ninguna autoridad para la colocación de esa propaganda.
Hasta ahora, el artículo 403 del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la CDMX establece esa obligación para partidos políticos, coaliciones y candidatos.
Pero este 28 de abril, el Pleno del Congreso local avaló una reforma al artículo 403 de ese Código para eliminar dicho requisito.
Al presentar el dictamen, la diputada Maxta Iraís González Carrillo (PRI) argumentó los alcances de esa reforma.
Destacó que el artículo 403 hoy señala que, para colocar la propaganda en el equipamiento urbano, se debe celebrar un convenio con la autoridad competente, sin precisar cuál es esa autoridad.
Destacó la importancia de adecuar las leyes y subsanar las lagunas existentes.
Así se elimina la celebración de dicho contrato para evitar el retiro de la propaganda, tal como sucedió en las elecciones anteriores.
El morenista Temístocles Villanueva señaló otras ambigüedades en la norma.
No se establecían los plazos en los que se debía celebrar el convenio, y el proceso que debían seguir las personas candidatas, en caso de que la autoridad no lo aceptara.
Al razonar su voto, el legislador Diego Orlando Garrido López (PAN) destacó que era necesario eliminar del código una redacción que generaba incentivos nocivos, pues se tenía que estar al contentillo de una autoridad.



