Sheinbaum ablanda Sistema Anticorrupción de la CDMX

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Alberto Cuenca Reportero en Capital CDMX

Ciudad de México.- Claudia Sheinbaum, jefa de Gobierno electa en la Capital CDMX, entregó este sábado a los diputados de su partido en el Congreso de la Ciudad de México un paquete de reformas a las leyes que componen el Sistema Anticorrupción local, bajo la consideración de que las normas actuales no se ajustan al modelo del Sistema Nacional Anticorrupción y a la Constitución Política capitalina. 

De un análisis realizado por Capital CDMX a las propuestas de reforma que hizo la Jefa de Gobierno electa se desprende que habrá modificaciones sustanciales a lo que se estableció en la última legislatura de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.

Uno de ellos es la modificación del artículo 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública sobre la Contraloría, aunque es un error, porque el artículo que norma a la dependencia es el 45.

La propuesta busca eliminar las tres Subsecretarías que contempla la ley para esa dependencia, la de Prevención a la Corrupción y Auditoría, la de Control y Evaluación, y la de Legalidad y Responsabilidad 

Tampoco aparece la redacción en la que se le otorgan a esa Secretaría autonomía técnica y de gestión.

En los proyectos se les se plantea 

reformar los artículos 16 y 48 y se deroga el séptimo transitorio de la Ley de Auditoría y Control Interno de la Administración Pública de la Ciudad de México, para quedar como sigue:

“Artículo 16.- Los titulares de los órganos internos de control, serán nombrados por la persona titular de la Secretaría, conforme a un sistema de profesionalización, a efecto de asegurar la buena administración y el gobierno abierto de la Ciudad de México”.

En otro apartado se establece dar facultades directas al Secretario de la Contraloría para nombrar a los contralores internos, pues en la redacción actual se establece que el secretario de la Contraloría debe proponerlos al Congreso capitalino para su ratificación por la mayoría del Pleno. Eso se elimina.

En la propuesta de Sheinbaum, el artículo 48 se simplifica para quedar como sigue: “Serán comisarios públicos propietarios y suplentes los servidores públicos adscritos a la Secretaría, nombrados y ratificados para tal efecto por el titular de la misma; en los términos de la normativa aplicable”.

Con está redacción ya no es obligación ser Director General de Contralorías Internas de la Contraloría.

El transitorio que se elimina establece hoy que los candidatos a contralores internos deben ser 

propuestos ante el Congreso de la Ciudad.

En las modificaciones a la ley del Sistema Anticorrupción de la CdMx, se plantea también la modificación del Artículo 9 para establecer que el Comité Coordinador del Sistema Local tendrá posibilidades de emitir recomendaciones públicas no vinculantes. 

La redacción queda así: 

IX. Con el objeto de garantizar la adopción de medidas dirigidas al fortalecimiento institucional para la prevención de faltas administrativas y hechos de corrupción, así como para mejorar el desempeño del control interno en los entes públicos, el Comité Coordinador emitirá recomendaciones públicas no vinculantes ante las autoridades respectivas y les dará seguimiento en términos de esta Ley para su debida atención y observancia.

También se modifica sustancialmente el artículo 18, en lo relacionado con la forma de nombrar a los integrantes del Comité de Participación Ciudadana del SLA, pues a diferencia de la redacción actual ya no se precisa que sean las comisiones legislativas de transparencia y de vigilancia de la Auditoría Superior las que definan una Comisión de Selección integrada por siete ciudadanos. 

La redacción que se propone plantea que sean nueve los integrantes de esa comisión de selección.

El párrafo queda así: “El Congreso de la Ciudad de México constituirá una Comisión de Selección integrada por nueve mexicanos; de conformidad con los procedimientos; plazos; y requisitos que el propio Poder Legislativo determine”.

En el artículo 20 se le quita la facultad de tener voto de calidad  al presidente del Comité de Participación Ciudadana cuando en las deliberaciones se presente un empate en las votaciones.

Una de las modificaciones más importantes a la Ley del SLA está en el artículo 33, relacionado con la forma en la que se nombra al secretario técnico del Sistema. 

En la propuesta de Sheinbaum se le quitan atribuciones al Legislativo local para nombrar y remover a ese funcionario. 

En la redacción actual se plantea que sea por el voto de la mayoría de los integrantes del Pleno del Congreso, pero la Jefa de Gobierno electa propone que ahora ese secretario técnico sea designado y removido por el órgano de gobierno de la Secretaría Ejecutiva, por el voto favorable de cinco de sus miembros.

En la propuesta de la Jefa de Gobierno se modifica el artículo 40 y se derogan los artículos 41, 42 y 43 para eliminar en definitiva la figura del Comité Consultivo del Sistema de Fiscalización de la Ciudad, un organismo encargado de dotar de elementos técnicos, guías y lineamientos al Sistema de Fiscalización capitalino para su mejor desempeño.

El artículo 70 se modifica para quitar la precisión de que el fiscal anticorrupción tendrá cargo de subprocurador.

Entre las iniciativas de Sheinbaum se contempla una reforma a la Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa.

Dentro de la misma y en el artículo 6 se hace una propuesta que impacta de fondo en la estructura de la Sala Superior.

De acuerdo con la iniciativa se propone que sean 10 y no 12 los magistrados que integran dicha sala, mientras que siete y no nueve lleven a cabo funciones jurisdiccionales, y tres ejercerán funciones especializadas en materia de responsabilidades administrativas y en materia de derecho a la buena administración.

En el artículo 26 se reducen, de 10 a siete el número de salas ordinarias, además de precisarse que de ellas cinco Salas Ordinarias serán jurisdiccionales y dos Salas Ordinarias serán especializadas en materia de responsabilidades administrativas.

Conformación de INFOCDMX  

En el paquete de reformas entregado por Sheinbaum a los legisladores viene una de las propuestas más esperadas, la de modificación a la Ley de Transparencia local.

En esta se cambia el artículo 39 para precisar que el Instituto de Transparencia capitalino estará conformado por cinco comisionados y no siete, como hoy se señala.

En ese mismo artículo se añade que esos comisionados deberán ser ciudadanos mexicanos con reconocido prestigio en los sectores público y social, así como en los ámbitos académico y profesional, con experiencia mínima de cinco años en las materias de derecho a la información y de protección de datos personales, y que no pertenezcan o militen en algún partido político o hayan sido candidatas o candidatos a ocupar un cargo de elección popular, durante los cuatro años anteriores al día de su designación, mismos que serán designados por el voto de la mayoría calificada de los integrantes presentes del pleno del Poder Legislativo local.

En la propuesta se agrega que se deberá hacer pública la lista de los aspirantes y la versión pública de sus currículum. Además, se deberá hacer público el calendario o cronograma de las audiencias públicas para promover la participación ciudadana, en las que se podrá invitar a investigadores, académicos y a organizaciones de la sociedad civil, especialistas en las materias de acceso a la información, transparencia, datos personales, fiscalización y rendición de cuentas.

En el artículo 41 se precisa que para ser comisionado el interesado debe “gozar de reconocido prestigio personal en los sectores público y social, así como en los ámbitos académico y profesional, con experiencia mínima de cinco años en las materias de derecho a la información, protección de datos personales y rendición de cuentas; no pertenecer o militar en algún partido político ni haber sido candidato o desempeñado algún cargo de elección popular federal, estatal, de la Ciudad de México o municipal durante los cuatro años anteriores a la fecha de su designación”.

Además, se agrega: “no haber sido titular de alguna dependencia de la Administración Pública de la Ciudad de México, Fiscal o Procurador, Director General de una entidad paraestatal, así como titular de algún Órgano Autónomo de la Ciudad de México, durante los cuatro años anteriores a la fecha de su designación; ni haber desempeñado el cargo de Magistrado del Tribunal Superior de Justicia o Consejero de la Judicatura de la Ciudad de México durante los cuatro años anteriores a la fecha de su designación”.

La propuesta de artículos transitorios señala a su vez que la designación de los nuevos comisionados del InfoCDMX será a más tardar el 31 de diciembre de 2018, mientras que la convocatoria para su designación deberá emitirse a más tardar el próximo 31 de octubre.

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