La Constitución de la Ciudad de México: Ruta Crítica

Ciudad de México.- Con el aval del Congreso, la Reforma Política del DF es hoy una realidad. La Asamblea Constituyente, responsable de elaborar la Constitución para nuestra Ciudad, estará integrada por 100 diputados, 40 que serán designados por la Cámara de Senadores (14), la de Diputados (14), el Presidente de la República (6) y el Jefe de Gobierno (6) y 60 que serán elegidos en elección.

Aunque las reglas para la elección de los diputados constituyentes aún no han sido definidas por el INE por tratarse de una elección extraordinaria, sabemos que la ésta será a través de un sistema de listas cerradas y bajo el principio de representación proporcional.

Lo que debemos esperar es que el INE garantice un proceso justo y equitativo, que defina campañas cortas y mediáticas –en el caso de España (1977) solo re requirió de un mes de campaña para elegir a la Congreso Constituyente-, en donde los tiempos en radio y televisión sean distribuidos en forma igualitaria para que tanto partidos políticos como candidatos independientes estén en posibilidades de exponer y dar a conocer sus propuestas.

En esta ocasión y a diferencia de otro tipo de elecciones, los ciudadanos de la Ciudad de México estarán votando principalmente por partidos políticos y no por candidatos. No se espera que ninguno grupo obtenga la mayoría, por lo que se deberá privilegiar el diálogo y la negociación si lo que se busca es el diseño de una Constitución moderna, progresista y de avanzada en la que se vea reflejado el espíritu protector de los derechos políticos, económicos y sociales de la población, lo que la distinguirá y mantendrá a la vanguardia de otros proyectos de Constitución en el ámbito nacional e internacional.

Lo cierto es que, a partir de la publicación de la reforma constitucional que se estima sea en febrero, el INE contará con 15 días para emitir la Convocatoria a la elección que tendrá lugar el 5 de Junio. Una vez elegidos los diputados, la Asamblea Constituyente deberá instalarse el 15 de septiembre de este mismo año.

Una vez instalada y para garantizar un adecuado funcionamiento, la Asamblea Constituyente de la Ciudad de México, deberá aprobar su reglamento interior en un plazo de 10 días. Este reglamente deberá establecer, al menos, las reglas para evitar y restringir el cambio de adscripción o de Grupo Parlamentario, el reconocimiento de Grupos Parlamentarios de Partidos así como de coaliciones parlamentarias, mismas que solo podrían integrarse con diputados que hayan sigo electos como independientes así como por los constituyentes que hayan sido designados por el Presidente de la República, por el Jefe de Gobierno, por el Senado y por la Cámara de Diputados; las reglas y plazos para la sustitución de la Junta Instaladora; las reglas para integrar Comisiones así como la denominación de las mismas; y la aprobación de una estructura de apoyo al trabajo parlamentario de los constituyentes, incluyendo una dirección de proceso parlamentario.

Por otra parte, para garantizar la celebración del trabajo legislativo, el reglamente deberá establecer los requisitos formales y el procedimiento para la presentación de proyectos de modificación a la propuesta de Constitución presentada por el Jefe de Gobierno; las reglas para el debate en comisiones; las reglas y tiempos para el debate en pleno; las reglas y tiempos para promulgación, publicación así como la entrada en vigor y en su caso referéndum del documento final y lo referente a los artículos transitorios y la armonización con leyes y reglamentos vigentes en la Ciudad.

Sin duda, la propuesta de Constitución de la Ciudad de México que envíe el Jefe de Gobierno del Distrito Federal deberá haber estado trabajada por un grupo interdisciplinario de especialistas, que más allá de contar con el conocimiento teórico, enriquezcan el documento con su experiencia profesional desempeñada en cargos públicos.

En este proceso de integración del documento podemos prever algunas limitantes para el constituyente debido a lo ya establecido en la Constitución y normativa vigente, aun así, los temas que habrán de discutirse definirán el diseño institucional, las nuevas atribuciones y facultades del Gobierno de la Ciudad, así como la forma de redistribuir funciones entre los distintos niveles de gobierno. Son al menos 5 grandes temas en los que se puede anticipar su discusión:

 

  1. División de Poderes. Se podrá definir facultades y dar claridad a la forma en la que se ejerce el poder del Ejecutivo, el Legislativo, Judicial y órganos autónomos de la Ciudad de México.
  2. Aspectos Financieros. El Gobierno de la Ciudad de México estará en posibilidades de definir su presupuesto y techo de endeudamiento.
  3. Visión de Derechos Humanos. Deberá imprimirse una visión de derechos humanos en la Constitución de la Ciudad México para que refleje derechos sociales ya reconocidos y que han distinguido a la Ciudad de México.
  4. Alcaldías. Se habrá de definir la transformación de delegaciones en alcaldías así como las reglas y requisitos de elegibilidad de Alcaldes y Concejales. Se discutirá también el total de demarcaciones territoriales en la Ciudad de México ya que las 16 demarcaciones territoriales (delegaciones) que integran actualmente el Distrito Federal podrán subdividirse y convertirse en más de 20.
  5. Desarrollo Metropolitano. Se podrá también definir la coordinación intersectorial e intergubernamental que favorezca el funcionamiento y desarrollo político, económico y social de la región en cuanto a la planeación de la Zona Metropolitana de la Ciudad de México, su crecimiento y la oferta de servicios públicos esenciales, reconociendo facultades a las Alcaldías para que estas puedan impulsar proyectos comunes con el Estado de México y el Estado de Morelos.

 

 

 

 

 

RELACIONADO

NEWSLETTER

Loading

MÁS RECIENTE

spot_img