Así quedó aprobado en lo general y en lo particular el artículo 18 de la Constitución CDMX

Ciudad de México.- Esta tarde la Asamblea Constituyente aprobó en lo general y en lo particular el artículo 18 de la Constitución de la CDMX. Como elementos destacados de este artículo, que se adicionaron a partir de reservas de diputados de todos los partidos, sobresalen modificaciones al apartado B relacionado con el derecho de los animales, para establecer que estos son seres sintientes y por ello deben recibir un trato digno, además de que la ley determinará las medidas de protección de los animales en espectáculos públicos.

Por unanimidad se modificó de manera sustancial el apartado E, a propuesta de legisladores del PAN, por el que se consagra que por jerarquía de movilidad, se otorgará prioridad a los peatones y conductores de vehículos no motorizados, y se fomentará una cultura de movilidad sostenible.

El partido Morena también logró incorporación de una adición, para establecer el derecho al descanso y al tiempo.

El siguiente es el artículo aprobado en lo general y en lo particular: 

 

Artículo 18

Ciudad habitable

A. Derecho a un medio ambiente sano

1. Toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar. Las autoridades adoptarán las medidas necesarias, en el ámbito de sus competencias, para la protección del medio ambiente y la preservación y restauración del equilibrio ecológico, con el objetivo de satisfacer las necesidades ambientales para el desarrollo de las generaciones presentes y futuras.

2. El derecho a la preservación y protección de la naturaleza será garantizada por las autoridades de la Ciudad de México en el ámbito de su competencia promoviendo siempre la participación ciudadana en la materia.

3. Para el cumplimiento de esta disposición se expedirá una ley secundaria que tendrá por objeto reconocer y regular la protección más amplia de los derechos de la naturaleza conformada por todos sus ecosistemas y especies como un ente colectivo sujeto de derechos.

B. Protección a los animales

1. Esta Constitución reconoce a los animales como seres sintientes y por lo tanto deben recibir un trato digno. En la Ciudad de México toda persona tiene un deber ético y obligación jurídica de respetar la vida y la integridad de ellos, que por su naturaleza son sujetos de consideración moral. Su tutela es de responsabilidad común.

2. Las autoridades de la ciudad garantizarán la protección, bienestar, así como el trato digno y respetuoso a los animales y fomentarán una cultura de cuidado y tutela responsable. Asimismo, realizarán acciones para la atención de animales en abandono.

3. La ley determinará:

a) Las medidas de protección de los animales en espectáculos públicos, así como en otras actividades de acuerdo con su naturaleza, características y vínculos con la persona;

b) Las conductas prohibidas con objeto de proteger a los animales y sanciones aplicables por los actos de maltrato y crueldad;

c) Las bases para promover la conservación, así como prevenir y evitar maltratos en la crianza y el aprovechamiento de animales de consumo humano;

d) Las medidas necesarias para atender el control de plagas y riesgos sanitarios, y

e) Las facilidades para quienes busquen dar albergue y resguardo a animales en abandono.

C. Derecho a la vía pública

Toda persona tiene derecho al uso pacífico de la vía pública, en los términos previstos por la ley. Las autoridades adoptarán las medidas necesarias para garantizar el ejercicio de estos derechos, con base en los objetivos de funcionalidad y movilidad de las vías públicas

D. Derecho al espacio público

1. Los espacios públicos son bienes comunes tienen una función política, social, educativa, cultural, lúdica y recreativa. Las personas tienen derecho a usar, disfrutar y aprovechar todos los espacios públicos para la convivencia pacífica y el ejercicio de las libertades políticas y sociales reconocidas por esta Constitución, de conformidad con lo previsto por la ley.

2. Las autoridades de la ciudad garantizarán el carácter colectivo, comunitario y participativo de los espacios públicos y promoverán su creación y regeneración en condiciones de calidad, de igualdad, de inclusión, accesibilidad y diseño universal, así como de apertura y de seguridad que favorezcan la construcción de la ciudadanía y evitando su privatización.

E. Derecho a la movilidad

1. Toda persona tiene derecho a la movilidad en condiciones de seguridad, accesibilidad, comodidad, eficiencia, calidad e igualdad. De acuerdo a la jerarquía de movilidad, se otorgará prioridad a los peatones y conductores de vehículos no motorizados, y se fomentará una cultura de movilidad sostenible.

2. Las autoridades adoptarán las medidas necesarias para garantizar el ejercicio efectivo de este derecho, particularmente en el uso equitativo del espacio vial y la conformación de un sistemas integrados de transporte público, impulsando el transporte de bajas emisiones contaminantes, respetando en todo momento los derechos de los usuarios más vulnerables de la vía, el cual será adecuado a las necesidades sociales y ambientales de la ciudad.

 

F. Derecho al descanso y al tiempo.

Se adiciona un numeral 1 y se recorren los subsecuentes

1. En la Ciudad de México toda persona tiene el derecho al descanso, a tener tiempo para sus actividades cotidianas, al esparcimiento, al disfrute del tiempo libre y a una duración razonable de sus jornadas de trabajo.

2. La Ciudad de México promoverá políticas en la organización social, económica y territorial para satisfacer las necesidades de tiempo libre y de descanso de las personas, teniendo en cuenta el principio de igualdad sustantiva.

3. En la gestión y liberación de tiempo se requiere la participación corresponsable tanto de las autoridades, el sector privado, las comunidades y las familias.

4. El tiempo de cuidados y el tiempo libre, como el tiempo de trabajo remunerado, son garantes de una vida digna.

Alberto Cuenca
Alberto Cuencahttp://cuenquita
Soy reportero del diario y semanario digital Capital CDMX. Fui reportero en diario El Universal y he colaborado en medios como la revista Forbes México, Ruido en la Red, el semanario El Influyente y el canal Capital 21.

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