Antes de que acabe el año será necesario que habilites el Buzón Tributario para evitar una infracción por parte del Servicio de Administración Tributaria (SAT).
El Buzón Tributario esta contemplado como una obligación fiscal desde 2020, además, sirve como canal de comunicación entre el contribuyente y el SAT.
Su objetivo consiste en simplificar la notificación de actos administrativos y envío de mensajes, así como otros beneficios.
¿Cuáles son los beneficios del Buzón Tributario para los contribuyentes?
Además de agilizar y asegurar la comunicación entre los contribuyentes y el SAT, este canal de comunicación también tiene otros beneficios.
Através de este podrás economizar tiempo y recursos, así como recibir información sobre facilidades fiscales.
También podrás realizar trámites y servicios de manera virtual. Entre los trámites que se pueden realizar se encuentra:
- Envío de contabilidad electrónica
- Fiscalización electrónica
- Solicitud de devoluciones
- Presentación del aviso de compensación
- Consultas y autorizaciones jurídicas
- Donatarias autorizadas
- Monederos electrónicos
Aunque todos los inscritos en el Registro Federal de Contribuyentes debería habilitarlo, algunos pueden estar exentos de hacerlo.
Las personas que pueden quedar exentas de esta obligación fiscal son:
- Personas físicas sin obligaciones fiscales, sin actividades económicas o suspendidas
- Personas morales con situación fiscal suspendida ante el RFC
- Personas físicas o morales que tengan su situación fiscal cancelada ante el RFC
- Contribuyentes con ingresos menores a los $400 mil pesos
¿Cómo habilitar el Buzón Tributario del SAT?
Para habilitar el Buzón Tributario es necesario dirigirte a la página http://omawww.sat.gob.mx/BuzonTributario/Paginas/index.html.
Al ingresar en la página “Habilita tu Buzón Tributario”, te solicitarán tu RFC, contraseña y tu e.firma.
Después tendrás que proporcionar un correo electrónico y un número telefónico, al finalizar podrás imprimir tu acuse de registro.
Al terminar tendrás que confirmar el correo y número de teléfono que diste de alta, de lo contrario no procederán los medios de contacto y deberás realizarlo de nuevo.



