Aprueban diputados más sanciones por maltrato animal

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Alberto Cuenca Reportero en Capital CDMX

Comisiones del Congreso capitalino aprobaron reformas contra el maltrato animal que buscan atender y erradicar la problemática del abandono, mutilación por motivos estéticos, maltrato, crueldad, envenenamiento, robo y secuestro de seres sintientes.

El dictamen se elaboró a partir de 10 iniciativas que reforman el Código Penal del DF, la Ley de Protección a los Animales y la Ley de Cultura Cívica de la CDMX.

Legisladores de todos los partidos aprobaron, por ejemplo, la adición del artículo 350 Quarter al Código Penal.

En esa adición se establece que, a quien abandone y ponga en peligro la vida de cualquier especie animal no humana, se le impondrá de seis meses a dos años de prisión y de cincuenta a cien días multa.

Se modifica el artículo 350 Bis del Código para señalar que, a quien mutile con algún fin que no sea médico veterinario, se le incrementarán hasta en dos terceras partes las penas señaladas en esa normatividad.

En el artículo 25 de la Ley de Protección a los Animales de la CDMX se señala que quedará prohibido cualquier tipo de mutilación con fines estéticos o que no tenga un fin médico relacionado con la buena salud del animal.

También se prohibirá la venta de animales mutilados con fines estéticos.

Las sanciones por ese incumplimiento serán una multa de 300 a 600 veces la Unidad de Cuenta de la CDMX vigente, y arresto administrativo de 25 a 36 horas.

El dictamen se aprobó en las comisiones unidas de Administración y Procuración de Justicia y de Bienestar Animal.

La reforma plantea castigos de cárcel a quienes rapten animales, principalmente mascotas, con el fin de obtener rescate, algún beneficio económico o causarle daño al animal.

Se plantea una sanción de uno a tres años de prisión y de seiscientas a ochocientas veces la Unidad de Medida y Actualización vigente.

Cuando el apoderamiento de cualquier especie animal se realice con violencia, se incrementarán las penas señaladas hasta en una tercera parte si se le causan lesiones al animal o, en su caso, la muerte.

En la reforma al artículo 350 Ter se señala que, a quien dolosamente cometa actos de maltrato o crueldad en contra de un animal provocándole la muerte, se le impondrán de dos a seis años de prisión y de seiscientas a mil doscientas veces la Unidad de Medida.

Además, se asegurarán todos los animales que pudiera tener bajo su cuidado o resguardo.

En el artículo 350 Quinquies se señala pena de uno a tres años de prisión y de quinientas a mil veces la Unidad de Medida y Actualización vigente, a quien utilice a un animal con fines sexuales.

Al presentar el dictamen, el presidente de la Comisión de Justicia Octavio Rivero, destacó datos de la PAOT sobre maltrato animal.

Detalló que en el año 2021 se registraron 10 mil 39 denuncias, de las cuales, el 55.14 por ciento, es decir, cinco mil 536 denuncias e investigaciones correspondieron a maltrato animal.

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