Ciudad de México.- En un recurso de defensa de la Constitución de la Ciudad de México promovido ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), denominado amicus curiae, la ex diputada constituyente Esthela Damián, planteó la defensa de la libertad de expresión y a la protesta social en la capital del país, como derechos que no chocan con la Constitución federal.
A través de ese amicus curiae, la ex legisladora del Movimiento Ciudadano, junto con los otros compañeros de su bancada, Alejandro Chanona y René Cervera, defendió la constitucionalidad del artículo 7 apartado C de la Constitución local, mismo que se encuentra impugnado por la PGR a través de una acción de inconstitucionalidad.
La impugnación de la PGR ataca el derecho profesional que los diputados constituyentes habían consagrado en favor de quienes ejercen el periodismo, al argumentar que era discriminatorio frente a quienes ejercen otras profesiones.
Aunque atacaba sólo el secreto profesional, al momento de impugnar la Procuraduría pidió a la Corte eliminar todo el apartado C del artículo 7 que incluía otros conceptos como el de libertad de expresión, la censura, la prohibición a revelar fuentes de información, la cláusula de conciencia y el derecho a la protesta social.
En el amicus curiae, presentado la semana pasada, los ex diputados constituyentes del Movimiento Ciudadano sólo defendieron los otros conceptos relacionados con la libertad de expresión y el ejercicio periodístico, no el de secreto profesional.
Así, argumentaron que no se puede coartar la posibilidad de emitir opiniones, por un lado; y no se puede tampoco censurar de forma previa los contenidos posibles de la opinión; pues en principio, todos los temas son discutibles dentro de una democracia.
Agregaron que el artículo sexto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que “la manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa”.
Recordaron que el artículo 122 del mismo texto, en su apartado A, fracción I dice que “la Constitución Política de la Ciudad de México establecerá las normas y las garantías para el goce y la protección de los derechos humanos en los ámbitos de su competencia, conforme a lo dispuesto por el artículo 1o. de esta Constitución”.
De esta forma concluyeron que el artículo 7, apartado C de la Constitución local, puede expandir la libertad de expresión, máxime si en el artículo 1º de la Constitución federal se consagra el principio de progresividad.



