Ciudad de México.- La Cámara de Diputados aprobó hoy, con 208 votos a favor, 192 en contra y 9 abstenciones en la discusión en lo particular, una polémica contrarreforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones en materia de derechos de las audiencias, que le resta facultades al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) para regular a los concesionarios de radio y televisión.
Esta reforma también deroga la obligación que tenían esos concesionarios de diferenciar con claridad la información noticiosa de la opinión, además de que los radiodifusores podrán elegir libremente al defensor de sus audiencias sin que tengan la obligación de rendir informes al órgano regulador.
Al fundamentar el dictamen, la diputada Lía Limón García (PVEM), presidenta de la Comisión de Radio y Televisión, destacó que con esta reforma se perfecciona el marco jurídico que regula los derechos de las audiencias para hacerlos compatibles con los de libertad de expresión y manifestación de ideas.
Expuso que el dictamen precisa las facultades del IFT en la materia y evita la imposición de sanciones carentes de sustento legal; garantiza la libertad editorial, programática y de expresión de los medios de comunicación.
Agregó que se refrenda el principio de autorregulación en materia de derechos de las audiencias, respecto a la libertad de los concesionarios para emitir su código de ética y nombrar a su defensor de las audiencias; establece que los medios de comunicación deberán abstenerse de trasmitir publicidad o propaganda como información periodística o noticiosa.
“Los derechos de las audiencias se protegen y se garantizan en la medida de que se asegura la libertad editorial de los comunicadores, reporteros y periodistas, así como la libre difusión de las ideas y opiniones”, subrayó la legisladora.
Lía Limón aseguró que contrario a lo que se piensa, la enmienda protege en todo momento las estaciones indígenas y comunitarias, así como los derechos de sus audiencias.
La decisión de los legisladores de modificar y precisar el marco jurídico del derecho de las audiencias, indicó, obedece a un reclamo y malestar de diversos comunicadores y periodistas, organizaciones nacionales e internacionales, que consideraron que los lineamientos de audiencias que emitió el IFT, implicaban restricciones importantes a la libertad de expresión.
El diputado Tomás Octaviano Félix, del PRD, dijo estar a favor de la libertad de expresión y el respeto a los derechos de las audiencias; sin embargo, acusó que el dictamen se convierte en un retroceso sobre los avances que ha habido en la materia. “La premura con que se llevó a cabo el proceso de dictaminación y el interés para sacar avante esta iniciativa, habla de los grandes intereses ocultos”, dijo.
Recordó que la reforma constitucional al artículo 6, en 2013, reconoce los derechos de las audiencias, aludiendo a la pluralidad y veracidad de los contenidos, además de que prohíbe la transmisión de publicidad o propaganda que pudiera presentarse como información periodística o noticiosa. “Esto es lo que realmente está en riesgo, es el gran negocio de la publicidad oculta”.
Ley Doring
El diputado Virgilio Caballero Pedraza (Morena) aseguró que el dictamen representa una clara violación a las conquistas que la sociedad civil ha obtenido en los últimos años en materia del derecho de las audiencias y responde a las exigencias de las televisoras y las radiodifusoras comerciales, antes que a la ciudadanía o al interés público.
“La iniciativa, presentada por el mismo diputado que promovió la Ley Televisa en 2006 -Federico Doring-, busca responder a los caprichos de las televisoras y radiodifusoras comerciales, bajo el falaz argumento de que los lineamientos generales para la defensa de las audiencias, emitidos por el IFT, amenazan la libertad de expresión y abren la puerta a la censura previa”, dijo.
Clemente Castañeda Hoeflich, de Movimiento Ciudadano, consideró que el dictamen constituye un retroceso en la defensa de las audiencias y no abona a mejorar en la legislación en la materia. De un plumazo pretende decretar la desaparición o acotamiento de los derechos de las audiencias.
Destacó que los lineamientos en materia de audiencias, publicados por el Instituto Federal de Telecomunicaciones, contienen aspectos positivos que se deben rescatar y mantener. “Hay otros que son susceptibles de ser revisados y analizados con detenimiento pero, sobre todo, con inclusión de todas las voces”, manifestó.
Aprobado en lo general y en lo particular, el dictamen fue enviado al Senado para sus efectos constitucionales.
Rechazo de organizaciones
Por la mañana y antes de que la Cámara de Diputados aprobara esta reforma, diversas agrupaciones como Observatel, Fundar Centro de Análisis e Investigación, la Asociación Mexicana de Derecho a la Información, la Asociación Mexicana de Defensorías de las Audiencias, la Asociación Mundial de Radios Comunitarias, entre otras, manifestaron su rechazo a lo que consideraron es un cambio legal altamente regresivo que sólo beneficia a particulares en detrimento de los derechos informativos de la sociedad mexicana.
Calificaron esa reforma como la #LeyDoring, pues fue el legislador federal del PAN Federico Doring el promotor de esa modificación. Agregaron que tuvo el respaldo no sólo del PAN, sino también del PRI, el PVEM y Nueva Alianza.
Estas organizaciones acusaron que las audiencias ven acotados sus derechos, debido a que el artículo 256 se mutila y queda eliminado el mandato de que el servicio público de radiodifusión deba prestarse en condiciones de competencia y calidad y de que a través de sus transmisiones brinde los beneficios de la cultura, preservando la pluralidad y la veracidad de la información, además de fomentar los valores de la identidad nacional, con el propósito de contribuir a la satisfacción de los fines establecidos en el artículo tercero de la Constitución.
Se deja a voluntad de concesionarios aportar elemento para distinguir con claridad la información noticiosa de la opinión de quien la presenta. Este derecho, que constituye un precepto ético, protege a las audiencias al proporcionarle elementos para valorar adecuadamente los mensajes que reciben, al tiempo que mejora la práctica periodística evitando que los sesgos y subjetividad del presentador de las noticias, modifique el sentido de información noticiosa verificada e investigada con un criterio de imparcialidad.
Se elimina la obligación de los concesionarios de aportar elementos para distinguir la publicidad de la información. Con las modificaciones, el mandato constitucional de no hacer pasar publicidad por información queda constreñido a la programación informativa (y solo cuando se trate de un análisis o comentario editorial), con lo cual las audiencias quedan desprotegidas cuando se trata de programas diversos, como revistas matutinas o emisiones de espectáculos en las cuales se suelen vender entrevistas a políticos o supuestos especialistas que recomiendan un determinado producto, sin que al público se le aclare que se trata de un segmento pagado.
Se eliminan atribuciones de supervisión, vigilancia y sanción del Instituto Federal de Telecomunicaciones, como la facultad de determinar suspensión precautoria de transmisiones y se deja en manos del ejecutivo Federal la facultar de reglamentar en la materia, además de que se deja a la voluntad de los concesionarios de radiodifusión garantizar los derechos de las audiencias bajo la figura de la autorregulación, acusaron las organizaciones.



