Necesario salvaguardar secreto profesional de periodistas en Constitución local, argumenta Consejería capitalina

Ciudad de México.-Como parte de la defensa jurídica de la Constitución de la CDMX ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), la Consejería Jurídica expuso que son infundados los argumentos planteados por la Procuraduría General de la República (PGR) respecto al secreto profesional para periodistas.

En el informe que la Consejería a cargo de Manuel Granados entregó en días pasados al máximo tribunal, se plantea que es necesario salvaguardar el derecho de los periodistas a mantener el secreto profesional, por la labor que estos llevan a cabo “y consecuentemente proporcional al dicho ejercicio de esa profesión, de ahí que tenga una plena justificación”, se lee.

Dentro de la acción de inconstitucionalidad que la PGR promovió en marzo pasado, en contra de la Constitución de la Ciudad, la dependencia federal planteó que el artículo 7, apartado C, numeral 2, de la norma máxima de la capital del país, contraviene la Constitución federal y la Convención Americana sobre Derechos Humanos, “ya que limita a reconocer el derecho a desempeñarse de manera libre y a mantener el secreto profesional sólo a los periodistas, dejando sin protección a otros profesionistas cuya función social requiere de igual o mayor protección”, argumentó la Procuraduría.

Al respecto, la Consejería Jurídica del gobierno de la Ciudad manifestó que el reconocimiento expreso del derecho al secreto profesional de los periodistas, constituye una norma que busca fortalecer las garantías con que cuentan quienes desempeñan dicha labor, que es clave para el desarrollo de la vida democrática de cualquier país.

Añadió que el artículo impugnado de la Constitución local no vulnera el principio de igualdad y de no discriminación previstos en la Carta Magna federal, dado que dichos principios implican tratar igual a los iguales y desigual a los desiguales, esto es, establece principios en cuanto a los periodistas, como el del secreto profesional.

“En este sentido, el artículo impugnado trata igual a los periodistas en cuanto al secreto profesional se refiere, dadas las actividades propias de la profesión, y desde luego, los trata desigual a otras profesiones que por sus características no encuadran en este supuesto”, expuso la Consejería.

Además, la dependencia capitalina señaló que el artículo de referencia no implica ningún acto de discriminación en agravio de otros profesionistas, pues lo que hace es una distinción de un sector que ha sufrido en reiteradas ocasiones diversas violaciones a sus derechos humanos, por lo que resulta razonable que los proteja de manera especial.

La oficina de Manuel Granados también argumentó que en el ejercicio de los derechos humanos a la información y a la libertad de expresión, tratándose de los periodistas, es necesario tomar en consideración lo que previene el precepto 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, y su interpretación consignada en la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión elaborada por la Relatoría Especial de la Organización de Estados Americanos (OEA), en el sentido de que para el ejercicio del periodismo, al obtener información de fuentes confidenciales con miras a difundirla en pro del interés público en una sociedad democrática, el comunicador tienen derecho a no revelar la identidad de aquéllas al haberla recibido en confianza o como parte de su labor de investigación.

Con lo anterior se trata de dar garantías jurídicas que aseguren su anonimato y evitar las posibles represalias que puedan derivar en lo subsecuente, señaló la Consejería Jurídica local.

Agregó también que la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha establecido que los periodistas que laboran en los medios de comunicación deben gozar de la protección y de la independencia necesarias para realizar sus funciones a cabalidad, ya que son ellos quienes mantienen informada a la sociedad, “requisito indispensable para que esta goce de una plena libertad, situación que está perfectamente plasmada en la Constitución Política de la Ciudad, dentro del artículo controvertido”, defendió la Consejería, al pedirle a la SCJN el reconocimiento de validez del mismo.

 

 

Alberto Cuenca
Alberto Cuencahttp://cuenquita
Soy reportero del diario y semanario digital Capital CDMX. Fui reportero en diario El Universal y he colaborado en medios como la revista Forbes México, Ruido en la Red, el semanario El Influyente y el canal Capital 21.

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