Ciudad de México.- En una sesión nocturna, la Asamblea Constituyente determinó este miércoles que ninguna persona servidora pública podrá gozar de bonos, prestaciones, compensaciones, servicios personales o cualquier otro beneficio económico o en especie que no se cuantifique como parte de su remuneración y esté determinado en la ley. Tampoco podrá recibir una remuneración total mayor a la establecida para el titular de la Jefatura de Gobierno.
Como parte de la discusión y aprobación de los artículos que integran el capítulo de Buen Gobierno, la Asamblea Constituyente aprobó que toda persona servidora pública tendrá la obligación de presentar y comprobar de manera oportuna y veraz las declaraciones sobre su situación patrimonial, el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y sus posibles conflictos de interés, que serán publicitadas en los términos que determinen las leyes generales y locales respectivas bajo los principios de transparencia, máxima publicidad y protección de datos personales. Lo anterior quedó contenido en el artículo 70 referido a las responsabilidades administrativas.
Dentro del artículo 70 también aprobó que los particulares que incurran en faltas administrativas graves serán sancionados con inhabilitación para participar en adquisiciones, arrendamientos, prestación de servicios, contratación de obras pública y para desempeñar empleos públicos; y deberán resarcir los daños y perjuicios ocasionados, con independencia de cualquier otra responsabilidad en la que incurran, en los términos que establezca la ley.
La ley señalará los casos de prescripción de la responsabilidad administrativa. Cuando los actos u omisiones fuesen graves, los plazos de prescripción no serán inferiores a siete años. También determinará los casos en los que se incurra en conflicto de intereses y establecerá las sanciones en la materia que corresponda. Definirá las responsabilidades en que incurran las personas servidoras públicas y en su caso los particulares, personas físicas o morales, que no manifiesten la existencia de dichos conflictos y se beneficien económica o políticamente de ellos.
Los constituyentes determinaron prohibir la contratación de propaganda, con recursos públicos, que implique la promoción personalizada de cualquier servidor público.
Hoy concluirá la discusión y eventual aprobación de tres artículos de este dictamen. Son los artículos 71 y 72, este último relacionado con la eliminación del fuero.



