Aprueba Asamblea Constituyente los 17 artículos que integran el capítulo de poder judicial

Ciudad de México.- La Asamblea Constituyente logró este lunes concluir con la aprobación de todo el capítulo de la Constitución local relacionado con la operación e integración del poder judicial, así como los órganos constitucionales autónomos que existirán en la capital del país.

Los órganos constitucionales autónomos de la Ciudad serán el Consejo de Evaluación de la Ciudad de México, la Comisión de Derechos Humanos, la Fiscalía General de Justicia, el Instituto Electoral, el Instituto de Transparencia y el Instituto de Defensoría Pública.

Entre la sesión del sábado 21 de enero y la que se realiza este lunes 23 de enero, se aprobaron 17 artículos de dicho capítulo.

Hoy, se avaló la creación del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales, como organismo garante de los derechos de acceso a la información pública y la protección de datos personales. Su titularidad estará a cargo de cinco personas comisionadas de entre los que se designará al presidente, por un periodo de tres años.

El Instituto de Transparencia, de acuerdo con el artículo 54,  tendrá facultades para interponer acciones de inconstitucionalidad contra disposiciones normativas que vulneren los derechos de acceso a la información pública en la capital del país.

Quedó establecido que la falta de cumplimiento de las resoluciones del pleno del Instituto, será causa de responsabilidad administrativa para los servidores públicos responsables, una facultad que criticó el legislador de Morena, Jaime Cárdenas, quien consideró que para darle más “dientes” a ese organismo también debería tener atribuciones para presentar denuncias de carácter penal contra quienes incumplan las resoluciones.

Un nuevo órgano constitucional autónomo será el Instituto de Defensoría Pública, el cual tendrá como finalidad la asistencia profesional de abogados públicos, para que presten servicios gratuitos de defensa de personas justiciables, con el objeto de regular la prestación del servicio de defensoría pública en asuntos del fuero local, garantizar el derecho a la defensa en materia penal y el patrocinio legal durante la ejecución penal.

El acceso a la justicia que brinde ese Instituto será mediante la orientación, asesoría y representación jurídica en las materias familiar, administrativa, fiscal, mercantil y civil, se establece en el artículo 56 de la Constitución.

Entre las atribuciones del Instituto de Defensoría está el representar a las personas justiciables ante toda clase de procedimientos y dar seguimiento a las quejas contra las y los integrantes del Poder Judicial local; interponer denuncias ante las autoridades respectivas por la violación de derechos humanos;  propiciar procesos de mediación y de justicia restaurativa en las comunidades para prevenir violaciones a derechos humanos, y solicitar medidas provisionales al Poder Judicial local en caso de violaciones graves y urgentes de derechos humanos, y cuando sean necesarias para evitar daños irreparables de las personas

Alejandro Encinas, presidente de la Mesa Directiva de la Constituyente, detalló que la aprobación de los 17 artículos del capítulo de poder judicial, tomó un total de 13 horas efectivas de discusión, durante las cuales participaron 42 oradores en lo general y 22 oradores en particular; se desahogaron 135 reservas,  de las cuales 22 fueron aceptadas, y se realizaron 48  votaciones nominales.

Se regresaron a la Comisión de Poder judicial el numeral 2, apartado B, del artículo 51 y el inciso H Y C del numeral 4, del artículo 53, el primero relacionado con la asignación presupuestal de los órganos constitucionales autónomos, y el segundo relativo a la facultad de la Comisión de Derechos Humanos de iniciar investigaciones de juicio político, de oficio o a petición de parte, cualquier hecho o queja conducente al esclarecimiento de presuntas violaciones a los derechos reconocidos por esta Constitución.                                                                                                                                  

Además, se regresaron a comisiones los numerales 1, 3, 6 y 7 del apartado C del artículo 51, relacionados con la integración de consejos ciudadanos que se encargarán de proponer a los titulares de los órganos autónomos de esta ciudad, pues la redacción de esos párrafos se contraponía con el artículo 40 previamente aprobado, en el cual se señalan las atribuciones de un Consejo Judicial Ciudadano, encargado de nombrar a los integrantes del Consejo de la Judicatura y proponer al titular de la Fiscalía de la Ciudad.

Alberto Cuenca
Alberto Cuencahttp://cuenquita
Soy reportero del diario y semanario digital Capital CDMX. Fui reportero en diario El Universal y he colaborado en medios como la revista Forbes México, Ruido en la Red, el semanario El Influyente y el canal Capital 21.

RELACIONADO

NEWSLETTER

Loading

MÁS RECIENTE

spot_img