Niega SCJN amparo a Napoléon Gómez Urrutia

Ciudad de México.-  La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) negó un amparo a Napoleón Gómez Urrutia quien reclamaba a la Secretaria del Trabajo una indemnización por reparación del daño por las entrevistas y boletines donde se habló de los presuntos fraudes cometidos.

Con una votación unánime de los cinco ministros de la Segunda Sala de la SCJN negaron dicha protección a Gómez Urrutia, quien demandaba el pago de una indemnización por daño moral alegando que la información difundida por la Secretaría del Trabajo.

“La Suprema Corte de Justicia de la Nación negó el amparo a Napoleón Gómez Urrutia, concluyendo que la actividad de la Secretaría del Trabajo y de su entonces titular, no constituía una actividad administrativa irregular. En esta importante resolución, el tribunal constitucional del Estado mexicano privilegió el derecho de la sociedad a estar informada”, explicó la Corte.

En el año 2008 la Secretaría del Trabajo le negó a la toma de nota por la que se reconocía a Gómez Urrutia como líder de Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos, Siderúrgicos y Similares de la República Mexicana.

La Secretaría Federal consideró que no había acreditado tener una relación laboral mínima de 5 años; se encontraba fuera del país y existían averiguaciones previas en su contra por los delitos de administración fraudulenta, fraude específico en grado de coparticipación y fraude específico en su modalidad de administración fraudulenta y asociación delictuosa.

Posteriormente, el entonces secretario del trabajo, Javier Lozano Alarcón concedió una entrevista radiofónica, donde explicó los motivos de la negativa, además la dependencia distribuyó un boletín oficial en donde se exponían las razones por las que dicha dependencia había negado la toma de nota.

En respuesta Gómez Urrutia demandó el pago de una indemnización por daño moral alegando que la información difundida por la Secretaría del Trabajo, constituía una actividad administrativa irregular del Estado, al haberle causado una afectación a su honra y dignidad.

Después de varios litigios, hoy los ministros de la Segunda Sala concluyeron que el derecho a la información obliga a las autoridades a hacer públicos los datos  que sea considerada de interés público, y que pueda trascender a la vida o al ejercicio de los derechos de las personas.

Asimismo, determinaron que el caso Gómez Urrutia constituía un tema de relevancia pública, en el que se encontró justificada la difusión de la información por parte de la Secretaría del Trabajo.

Además que Gómez Urrutia debía ser considerado una persona de impacto público, al haberse visto inmiscuido en uno de los conflictos mineros más relevantes en los últimos años y al haber pretendido ejercer un cargo directivo en uno de los sindicatos más importantes del país, cuyos agremiados tenían derecho a ser informados sobre un suceso que repercutía en el ejercicio de sus derechos laborales.

 

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