El gobierno de Claudia Sheinbaum emitió un nuevo Reglamento para el Control de Estacionamientos en Vía Pública en el cual desaparecen los permisos “renovable” para residentes y “especial” a personas para discapacidad en las zonas de parquímetros.
Ahora crea la figura de un permiso único para residentes, sin hacer diferenciación.
Aunque se precisa que ningún establecimiento mercantil podrá obtener el Permiso para residentes.
Establece que los vehículos con placas de matrícula para personas con discapacidad emitidas en la CDMX no estarán obligados al pago por el estacionamiento en vía pública.
RETIRO DE INMOVILIZADOR
Además, establece nuevas condicionantes para el retiro del candado inmovilizador en zona de parquímetros, pues no bastará con el pago de la multa.
Ahora, además de pagar la multa el infractor será sometido a un escrutinio por parte del Policía acompañante, para verificar que no cuenta con otros adeudos por incumplimiento al Reglamento de Tránsito.
El nuevo Reglamento otorga atribuciones a la Secretaría de Seguridad Ciudadana en ese sentido y así se leen éstas en el artículo 6 de nuevo Reglamento:
“(Para la SSC) Supervisar y autorizar el retiro de los candados inmovilizadores de vehículos cuando el infractor haya pagado la multa y el derecho por el servicio de retiro del candado inmovilizador, previa comprobación de la no existencia de adeudos por incumplimiento al Reglamento de Tránsito”.
CONCESIONARIOS
El nuevo Reglamento, publicado en la Gaceta Oficial capitalina número 928 de este 31 de agosto de 2022, incluso modifica las facultades de los terceros autorizados para operar una zona de parquímetros a través de concesión.
En el reglamento anterior que data de agosto de 2017, el tercer autorizado tenía facultades para administrar y operar el Sistema de Control y Cobro de estacionamientos en la vía pública.
El nuevo reglamento se limita a señalar que el tercer autorizado será la persona física o moral que tendrá únicamente carácter de operador a través de la concesión o permiso.
Ahora la Secretaría de Movilidad (Semovi) tendrá nuevas atribuciones en materia de administración del Sistema de Parquímetros.
NUEVAS FACULTADES
La Semovi tendrá nuevas atribuciones, junto con la Secretaría de Administración y Finanzas.
En coordinación con esta dependencia, la Semovi establecerá los mecanismos para fijar y modificar los precios, tarifas y contraprestaciones correspondientes.
Podrá establecer las fórmulas para determinar las indemnizaciones, compensaciones o garantías que correspondan a los terceros autorizados por las inversiones realizadas y no recuperadas en caso de extinción anticipada de la concesión, sin perjuicio de las sanciones que, en su caso, resulten procedentes.
SANCIONES
El nuevo Reglamento establece con más detalles en tipo de sanción que se impondrá a los terceros autorizados por incumplimiento del servicio.
Así, se señala que previo procedimiento y derivado de las supervisiones que lleve a cabo, aplicará sanciones consistentes en la rescisión o terminación anticipada de la concesión o permiso.
Una de las atribuciones nuevas de la Semovi es que podrá administrar las Zonas de Parquímetros cuando los terceros autorizados no presten eficazmente el servicio, se nieguen a prestarlo o incumplan las condiciones establecidas en la concesión o permiso.
La Semovi también podrá llevar a cabo las revisiones de la infraestructura, herramientas digitales y cualquier medio para verificar el funcionamiento y contenido de los datos de operación generados por terceros autorizados.
Llevará a cabo la conciliación mensual de ingresos con los operadores de las Zonas de Parquímetros.
FINANZAS
La Secretaría de Administración y Finanzas también tiene atribuciones adicionales, como emitir opinión para otorgar nuevas concesiones en la operación de parquímetros.
Podrá valuar los espacios que son susceptibles de entregar en concesión, a fin de definir el monto de la contraprestación.
Junto con esta dependencia, a las alcaldías se les otorga nuevas atribuciones.
Ahora cada demarcación deberá fungir como enlace entre la Semovi y cada Copaco para la comunicación relacionada con la operación del sistema de parquímetros.
La Semovi consultará la opinión de la Alcaldía en cuya demarcación se pretenda concesionar el uso de la vía pública para la instalación de parquímetros.



