Los diputados locales de Morena quieren meter mano a la Ley para la Protección Integral de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas de la CDMX.
Así como está redactada, la propuesta genera altibajos en derechos y garantías ya conquistados.
Una de las modificaciones más importantes es la que modifica el concepto de periodista.
NEO PERIODISTAS
Los legisladores morenistas pretenden incluir en la definición a blogueros, tuiteros, youtubers y a toda persona que ejerza su libertad de expresión e información de forma esporádica.
Con esta redacción quedaría derogada la concepción actual que define como periodista a toda persona que hace del ejercicio de la libertad de expresión y/o información su actividad, de manera permanente.
Incorpora como periodistas a las empresas de medios de comunicación e incluye de forma contradictoria tanto a quienes hacen del oficio del periodismo una labor remunerada, así como a quienes no.
En la iniciativa que presentó Morena el concepto de periodista se entendería así:
“Personas físicas, así como medios de comunicación y difusión públicos, comunitarios, privados, independientes, universitarios, experimentales, articulistas, blogueros, tuiteros, youtubers, columnistas, fotoperiodistas, caricaturistas, documentadores o de cualquier otra índole.
“Cuyo trabajo o actividad, remunerada o no, consista en recabar, almacenar, generar, procesar, editar, comentar, opinar, difundir, publicar o proveer información a través de cualquier medio de difusión o comunicación impreso, radioeléctrico, digital o en imagen, y que requiere garantías de protección ante los riesgos que conlleva su labor profesional. Lo anterior incluye a personas que hacen cuya actividad profesional o laboral se sustenta en el ejercicio de las libertades de expresión e información, ya sea de forma esporádica (sic)”.
También modifica el concepto de persona colaboradora periodística.
Ahora serán conceptualizadas así las personas que demuestren un nivel de experiencia o desempeño profesional en un tema o área y que desempeñen labores periodísticas como su actividad profesional o complementaria.
TEMÍSTOCLES, EL PROMOTOR
El promotor de la iniciativa es el diputado de Morena Temístocles Villanueva, quien inscribió su propuesta en la sesión del Pleno del Congreso de la Ciudad el pasado 24 de febrero.
En el documento, Villanueva pretende eliminar garantías para periodistas que se encuentren en riesgo con motivo del ejercicio de su actividad.
La ley actual que Morena busca derogar establece en su capítulo 1 que se garantizarán las condiciones para que el periodista continue en el ejercicio de su actividad.
En su iniciativa, Temístocles Villanueva elimina esa posibilidad.
Pero no solo eso, pues en el nuevo artículo 2 excluye a los periodistas de las responsabilidades que deben tener los entes públicos de la CDMX para implementar medidas de protección ante situaciones de riesgo.
El legislador solo incluye en este supuesto a las personas defensoras de derechos humanos.
MENOS PRESENCIA
Villanueva también restringe la participación de las y los periodistas en la Junta de Gobierno del Mecanismo de Protección Integral.
La Junta de Gobierno es el órgano principal para la toma de decisiones dentro del Mecanismo.
En la legislación actual se establece que dentro de la Junta dos periodistas, con derecho a voz y voto.
Sin embargo, el diputado de Morena limita a solo uno el número de periodistas que pueden participar en la Junta.
Por el contrario, pretende incrementar, de uno a dos, el número de personas vinculadas con la libertad de expresión.
NOVEDADES
De entre los temas novedosos incluidos en la propuesta está la creación de una Agencia o Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Cometidos Contra la Libertad de Expresión.
En ese caso, el Congreso local tendrá un plazo máximo de 120 días posteriores a la entrada en vigor del Decreto para crear esa unidad investigadora.
Se agrega el concepto de Desplazamiento forzado interno.
Se entiende como la condición de aquellas personas defensoras de derechos humanos o periodistas obligadas a dejar su lugar de residencia a causa de situaciones de violencia, violaciones a sus derechos humanos o cualquier otro factor que pueda ser considerada como agresión en contra de su vida o integridad.
Se incorpora un nuevo artículo 51 que refrenta lo ya establecido en la Constitución de la Ciudad para garantizar el derecho a la información.
Así, se establece que:
“Las personas profesionales de la información tienen derecho a desempeñarse de manera libre y a mantener el secreto profesional, que salvaguarda a periodistas en cumplimiento de sus funciones.
“Así como a no ser obligados a revelar sus fuentes de información, respetando como eje fundamental la cláusula de conciencia, para lo cual se estará a lo dispuesto por la Ley del Secreto Profesional y Cláusula de Conciencia para el Ejercicio Periodístico de la Ciudad de México”.
A partir del artículo 64 se crea un nuevo capítulo sobre reparación integral del daño que desglosa conceptos como planes de retorno para periodistas desplazados.



