Segunda inhabilitación de la SFP a Casanova Vallejo: 30 meses sin contrataciones públicas.
Recientemente se dio a conocer que la Secretaría de la Función Pública inhabilitó por segunda ocasión a la empresa Casanova Vallejo, propiedad de los hermanos Carlos y Joaquín Echenique Casanova.
“Se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, empresas productivas del Estado, así como a las entidades federativas, municipios y alcaldías de la Ciudad de México.
”Que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con la moral Casanova Vallejo, S.A. de C.V.”, se lee en una circular publicada este viernes 24 de noviembre, en el Diario Oficial.
Esta medida le impide a la arrendadora participar en contrataciones públicas por 30 meses y se deriva de la resolución de 17 de noviembre de 2023.
Dictada en el expediente administrativo de sanción a licitantes, proveedores y contratistas PA023/2023 del Órgano Interno de Control (OIC) en el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.
En septiembre de 2022, la SFP emitió una inhabilitación por 45 meses para Casanova Vallejo por la renta de ambulancias con sobreprecio al ISSSTE.
No obstante, según lo dio a conocer la propia dependencia, la empresa interpuso un recurso de revisión ante el OIC del ISSSTE, en el que se le negó la suspensión.
Sin embargo, posteriormente se desistió del recurso y recurrió a otra instancia, al interponer un juicio de amparo en el Poder Judicial.
El 11 de noviembre se difundió en el DOF que el Juez Octavo de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México otorgó la suspensión definitiva como resultado del amparo indirecto promovido por la empresa.
Cuyo efecto apuntó la dependencia, era que no aparezca en el Directorio de Proveedores y Contratistas Sancionados, pero no resuelve el fondo del asunto.
Segunda inhabilitación de la SFP a Casanova Vallejo
Posteriormente, el Décimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa de la Ciudad de México negó de manera definitiva la suspensión solicitada a la sociedad mercantil Casanova Vallejo, S.A. de C.V.
Esto fue resultado de la resolución del Amparo en Revisión 546/2022, que determinó modificar la resolución emitida por el Juez Octavo de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, en el juicio de amparo indirecto 1707/2022-VII.
Detalla que, en un primer periodo, la inhabilitación y multa que se le impuso corrió del 19 de septiembre al 11 de noviembre de 2022.
Y se interrumpió por efectos de la suspensión definitiva del 12 de noviembre de 2022 al 6 de junio de 2023, fecha en la cual el tribunal colegiado resolvió modificar y negar la suspensión.
Por lo tanto, la inhabilitación continuó vigente a partir del 7 de junio de este 2023.