El Congreso capitalino aprobó reformas en materia de adopción que garantizan igualdad de condiciones para la familia adoptante.
Es decir, no habrá ningún tipo de distinción, siempre y cuando se cubran los requisitos de idoneidad.
Para esta idoneidad no se considerará el pertenecer a algún tipo de familia, unión civil u orientación sexual específica.
La reforma a los artículos 390 y 397 del Código Civil fortalece el derecho que tiene toda niña, niño y adolescente a formar parte de una familia, cualquiera sea su tipo.
La idoneidad de las personas para ser consideradas como adoptantes sólo deberá atender a la actitud de brindar cuidado y protección al menor.
No considerará de manera alguna a la pertenencia a algún tipo de unión civil, ni a cierta orientación sexual.
FRAUDE FAMILIAR
La sesión del Pleno del Congreso local fue productivamente inusual.
Como no había ocurrido a lo largo del periodo de sesiones, se aprobaron una decena de dictamen, sin los largos e insulsos debates de semanas previas.
Así, el Pleno avaló una reforma al Código Penal capitalino para tipificar el delito de ‘fraude familiar’.
Con la modificación legal se evita que los bienes adquiridos durante el matrimonio y concubinato se vean perjudicados.
La reforma señala que, a quienes en detrimento de la sociedad conyugal o patrimonio común generado durante el matrimonio o el concubinato, oculten, transfieran o adquieran en nombre de terceros bienes, se les aplicará una sanción de uno a cinco años de prisión y hasta 300 días de multa.
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