Tribunal valida resultados de elecciones a diputaciones federales

Ciudad de México.- La Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó los resultados de elecciones a diputaciones federales por los principios de mayoría relativa y representación proporcional.

En sesión pública, el pleno de la Sala Monterrey resolvió 57 de los 108 juicios de inconformidad que recibió en los pasados días, la mayoría de ellos promovidos por Nueva Alianza con causales de nulidad de votación recibida en casilla.

Lo anterior, en busca de bajar el total de votación válida emitida en los distintos distritos electorales y así estar en posibilidad de alcanzar el tres por ciento necesario para conservar su registro como partido político nacional.

En las sentencias emitidas, el pleno de la Sala confirmó los resultados de la elección de diputaciones federales por los principios de mayoría relativa y representación proporcional de diversos consejos distritales del Instituto Nacional Electoral (INE) en Coahuila, Guanajuato, Tamaulipas y Zacatecas.

Ello, al no acreditarse, entre otros, la recepción de votación por personas no inscritas en el listado nominal de electores correspondiente a la casilla y sección o que se hubiese recibido votación por personas no autorizadas.

Lo que la documentación electoral analizada por la Sala permitió corroborar es que las inconsistencias no fueron en unos casos acreditadas y en otras no resultaron determinantes para anular la votación recibida.

Asimismo, que en los casos en que algún funcionario de casilla no se presentó el día de la jornada electoral, siguiendo el procedimiento que la ley marca para esos casos, fueron habilitados sus suplentes.

Por estas razones, en los casos que se decidieron se mantuvo el resultado arrojado por cada consejo distrital.

Dentro de las decisiones emitidas, se desecharon las demandas en las que se reclamaban los resultados de la elección de senadurías, a partir de que los partidos que los promovieron no controvirtieron como era necesario el cómputo estatal, a cargo de los consejos locales del INE, sino los cómputos distritales.

Por otro lado, en materia de procedimientos especiales sancionadores, concretamente en un juicio ciudadano, la Sala Regional Monterrey confirmó la resolución del Tribunal Electoral del Estado de Nuevo León.

Lo anterior, al estimar correcta la imposición de una multa al presidente municipal de Santa Catarina y a un aspirante a diputado local por el Partido Acción Nacional (PAN).

Ello, porque en las cuentas personales de Facebook de tales actores se había presentado propaganda electoral, en la que aparecían imágenes de menores de edad, motivo por el cual se concluyó que la sanción impuesta se ajusta a la necesidad de proteger el interés superior del menor.

La Sala Monterrey del TEPJF es la instancia federal encargada de impartir justicia electoral dentro de la segunda circunscripción electoral que comprende los estados de Aguascalientes, Coahuila, Guanajuato, Nuevo León, Querétaro, San Luis Potosí, Tamaulipas y Zacatecas. (Notimex) 

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