Tendrán pensión familiares de personas desaparecidas

Ciudad de México.- El pleno de la Cámara de Diputados aprobó por unanimidad reformas a la Ley del Seguro Social para reconocer el derecho de los familiares de personas desaparecidas a recibir de manera provisional su pensión.

Con 368 votos a favor, los legisladores avalaron la adición del artículo 137 Bis para establecer que cuando un pensionado esté desaparecido por más de un mes, sus beneficiarios tendrán derecho a recibir su pensión en los términos de la sección del ramo de la vida del seguro de invalidez y vida en carácter provisional, y previa solicitud respectiva.

La reforma establece que para obtener este derecho, los acreedores sólo deberán comprobar la desaparición del pensionado al presentar la denuncia correspondiente ante el Ministerio Público y su parentesco con él.

En tanto, en caso de que el pensionado se presente, tendrá derecho a disfrutar él mismo de su pensión y a recibir las diferencias entre el importe original y el entregado a sus familiares.

La presidenta de la Comisión de Seguridad Social, Mary Carmen Bernal, explicó que el propósito de la reforma es proteger a los familiares de la misma manera que se daría con el fallecimiento de un trabajador.

 

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