Suspenden actividades de antro en avenida Universidad, por ruidoso

Ciudad de México.-Por violar de manera reiterada los niveles de ruido permitidos por la Norma Ambiental NADF-005-AMBT-2013, la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial de la Ciudad de México (PAOT) suspendió las actividades del establecimiento mercantil denominado “La Regadera”, ubicado en Avenida Universidad 434, colonia Vértiz Narvarte, de la alcaldía Benito Juárez.

“Causar ruido constituye una violación a los derechos humanos y ambientales de los capitalinos toda vez que se provocan afecciones a la salud como son trastornos del sueño, deficiencias auditivas, pérdida de concentración y estrés, entre otras consecuencias”, advirtió la Procuradora Ambiental, Mariana Boy Tamborrell.

De acuerdo con la investigación iniciada a partir de diversas denuncias ciudadanas, personal técnico de PAOT realizó mediciones de ruido en horario nocturno en cuatro distintas fechas, donde pudo constatar que el negocio con giro de bar-karaoke registró hasta 76.68 decibeles (dB), cuando el límite permitido que establece la Norma para el horario de 20:00 a 6:00 horas es de 62 dB. 

En distintas ocasiones PAOT exhortó al particular a apegarse a la normatividad, quien argumentó por escrito que el establecimiento cuenta con aislantes de ruido. 

Pero en las mediciones realizadas por esta Procuraduría en mayo, septiembre y noviembre de 2019, así como la realizada en enero del año en curso, el máximo de decibeles permitidos fue rebasado en todas las ocasiones, lo que hace evidente que los aislantes que el responsable argumenta tener en el bar no son suficientes, además de que el establecimiento opera con las puertas abiertas permitiendo que el ruido se perciba desde vía pública.

El ruido representa la tercera causa más frecuente de denuncias ante PAOT, por lo que la presente administración ha señalado como eje estratégico informar e invitar al cumplimiento voluntario en materia de emisiones sonoras, pero suspendiendo a todos aquellos establecimientos mercantiles que reiteradamente incumplan con la norma. 

“La PAOT tiene la responsabilidad de defender los derechos humanos y ambientales de los ciudadanos, por lo que continuaremos con una estrategia de prevención, pero también de suspensión, a fin de que los responsables de establecimientos mercantiles comprendan la relevancia de esta problemática ambiental y de salud pública, que desafortunadamente fue desatendida en las pasadas administraciones”, señaló Mariana Boy Tamborrell.

Cabe recordar que la primera acción precautoria en materia de ruido impuesta por PAOT tuvo lugar el 10 de octubre de 2019 al establecimiento mercantil denominado "La Bacinica", ubicado en Insurgentes Sur 1672, colonia Florida, Álvaro Obregón, el cual contaba con un historial de denuncias desde 2016 por rebasar los niveles sonoros permitidos, sin que se hubieran hecho las adecuaciones necesarias para mitigar el ruido. 

La segunda suspensión se realizó el 5 de diciembre también de 2019 al establecimiento mercantil “La Noria”, ubicado en calle Amberes 24, interior A, colonia Juárez, alcaldía Cuauhtémoc, el cual sobrepasaba reiteradamente la norma.

La medida precautoria impuesta por PAOT a “La Regadera” prevalecerá en tanto el particular no realice las adecuaciones necesarias para cumplir con los límites máximos permisibles de emisiones sonoras establecidos en la Norma.

 

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