SCJN aún no recibe impugnaciones contra Ley de Seguridad Interior

Ciudad de México.- El ministro presidente de la Suprema Corte, Luis María Aguilar Morales afirmó que hasta el momento no se han presentado las acciones de inconstitucionalidad en contra de la Ley de Seguridad Interior

En este contexto, Aguilar Morales dijo que sin seguridad jurídica, sin la actuación de todos dentro del marco de la ley, no puede haber valores básicos que respetar, y no sería posible que la justicia exista si no hay seguridad jurídica que la proteja.

“Quiero mencionar, que a pesar de que se ha señalado en los medios que se presentarán unas acciones de inconstitucionalidad, en contra de la recién expedida Ley de Seguridad Interior, no han sido presentadas hasta este momento”.

“Y quiero reiterar, que sin seguridad jurídica, sin la actuaciones de todos dentro del marco de la ley, no puede haber valores básicos que decretar, no sería posible que la justicia exista si no hay seguridad jurídica que la proteja, para que el derecho sea una realidad, se necesita contar con la seguridad que permita aplicarla, y por eso la ley, por su naturaleza, puede ser exigida coactivamente sancionando al que no la cumple”, dijo.

Al inaugurar el Primer Periodo de Sesiones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación 2018, explicó que se necesita contar con la seguridad que permita aplicar la ley, por su naturaleza, sancionando al que no la cumpla.

 “La mejor y más protectora forma de interpretar la Constitución, así como la resolución de controversias entre autoridades, se han ampliado de manera progresiva, como en los tribunales constitucionales más importantes y de avanzada en el mundo. Es, sin duda, la Suprema Corte de Justicia de la Nación una institución confiable e imparcial, que colabora de manera directa con ello a la paz social”.

Asimismo, al hacer una reseña de los asuntos de relevancia que podrían resolverse en este primer semestre del año, el ministro resaltó el alcance del fuero militar, al conocer del amparo en revisión 605/2014 y el diverso amparo directo 21/2016. Éstos tendrían una estrecha relación con la Ley de Seguridad Interior.

El Pleno de la SCJN también se pronunciará, estableció, sobre la validez de la Ley Reglamentaria del Artículo Sexto, párrafo primero de la Constitución Política en materia de derecho de réplica, al conocer de la Acción de Inconstitucionalidad 122/2015 y sus acumuladas, así como de un amparo en revisión.

 

Además del  hecho de si el Comisionado Presidente del Instituto Federal de Telecomunicaciones incurrió en una repetición del acto reclamado al conocer de un recurso de inconformidad.

Destacó las acciones de inconstitucionalidad en las que se impugnan normas locales por ser contrarias, según el argumento, a la facultad exclusiva del Congreso de la Unión para expedir la legislación única en materia procedimental penal.

Por último, en el ámbito municipal, expuso que la SCJN se pronunciará sobre la validez de las normas que facultan a los tribunales locales para destituir a los integrantes de un ayuntamiento por incumplimiento de sentencias.

En su momento, la Ministra Norma Piña Hernández dio cuenta del Informe de la Comisión de Receso, correspondiente al Segundo Periodo de Sesiones de 2017, es decir el periodo vacional pasado, cuando se recibieron 146 expedientes, los cuales se remitieron uno a la Primera Sala, ocho a la Segunda y, 131 a la Subsecretaría General de Acuerdos de la SCJN y seis a la Sección de Trámites de Controversias Constitucionales y Acciones de Inconstitucionalidad.

La Comisión de Receso dictó 21 acuerdos, entre los que destacó: la admisión a trámite de cinco controversias constitucionales, en la 327/2017 promovida por el Municipio Rafael Delgado, Veracruz, y en ella se concedió la suspensión para que no se interrumpiera la entrega de los recursos que por participaciones y aportaciones federales le correspondían.

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