Presentan nueva Ley de Protección a los Animales para evitar maltrato y abandono, pero no incluyeron las corridas de toros

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Alberto Cuenca Reportero en Capital CDMX

Ciudad de México.-La titular de la Procuraduría Ambiental y de Ordenamiento Territorial (PAOT) Mariana Boy, dio a conocer hoy esbozos de una nueva Ley de Protección a los Animales en la CDMX, a través de la cual se busca ampliar el alcance de resguardo y cuidado de los animales, así como de sanciones a quienes los maltrate o abandone. De esa forma quedan prohibidas las peleas de gallos, de perros y de cualquier especie, además de amarrar, encadenar o enjaular a un animal.

Todo lo anterior parte del reconocimiento que los animales son seres sintientes y está comprobado también científicamente el sufrimiento al que son sometidos, pero a pesar de que esa propuesta de ley busca ser integral en ella no está incluida la prohibición a la corrida de toros, porque en ese caso y a decir de la jefa de gobierno Claudia Sheinbaum es un tema que se debe seguir discutiendo con la ciudadanía.

Durante una videoconferencia conjunta entre la titular de la PAOT y Claudia Sheinbaum, a la mandataria se le insistió respecto a una postura sobre la corrida de toros, pero la mandataria se negó a hacerlo.

–¿Las corridas de todos deben estar prohibidas?–, se le cuestionó.

–Es algo que se tiene que seguir discutiendo y platicando en la Ciudad. Es algo importante–, se limitó a decir.

Al dar a conocer los esbozos de la iniciativa, de la cual en la PAOT dijeron que no era posible proporcionar una copia porque apenas hoy se le va a presentar formalmente al Congreso capitalino, Mariana Boy explicó que en el tema de adopción y acogimiento responsable, la ley vigente no desarrolla este concepto.

Pero en la iniciativa, que la funcionaria denominó “sugerencia”, se destina un capítulo específico para este tema y se definen ahí los parámetros mínimos para que la adopción o el acogimiento de animales sea responsable.

De esa forma, la entrega del animal de compañía en adopción debe recibir forzosamente medicina preventiva y debe estar esterilizado, ya sea por el resguardante temporal o mediante un acuerdo previo por quien lo recibe como tutor.

Este animal de compañía debe ser inscrito en un registro a cargo de la agencia AGATAN y los resguardantes temporales deberán contar con protocolos para la adopción.

Otro tema es el de animales en situación de calle. En la ley vigente solamente se menciona un artículo que hace referencia a su captura, y menciona que se requiere una actuación bajo convenio con las alcaldías y las asociaciones.

La iniciativa de ley mandata a la agencia AGATAN, para que diseñe e implemente una política pública en este sentido y para también establecer la coordinación necesaria con las autoridades competentes, instituciones académicas, instancias públicas y demás actores especializados en la materia, para realizar un diagnóstico, protección y  seguimiento al manejo de las poblaciones de animales en situación de calle.

En cuanto a los animales utilizados para la investigación científica y enseñanza superior hay un capítulo destinado para esta materia y en este se incluye una restricción para que los animales vivos no se utilicen en disecciones y vivisecciones o experimentos con fines docentes de la educación básica y hasta media superior.

Hay un tema de crianza de animales de compañía. La ley vigente no regula de manera específica la actividad de la crianza, pero en la nueva ley hay un capítulo específico para este tema, donde se plantean obligaciones puntuales para las personas y establecimientos dedicados a esta actividad.

El objetivo principal es evitar el maltrato durante todo el proceso de crianza y hasta la venta de los animales, para garantizar que se dé todo este proceso dentro de parámetros de bienestar animal. Así, el espacio donde están alojados estos animales de crianza debe reunir las condiciones necesarias para que el animal pueda estar de pie, con la cabeza erguida de manera natural, moverse libremente para caminar, darse la vuelta, echarse, tomando en consideración la especie, el peso, la talla y altura de los animales. 

Se contempla un tema de instalaciones para el resguardo temporal o permanente de los animales, con disposiciones para esas instalaciones como servicio permanente de un médico veterinario, separar a los cachorros de los adultos, instalaciones con amplitud que permitan tener libertad de movimiento y evitar el confinamiento individual.

Sin precisar más y sin conocer los alcances de una iniciativa que presentó en conferencia pero que no se distribuyó íntegra, Mariana Boy habló de una nueva regulación en la prestación de servicios para animales, como pensiones, estéticas, spa, gimnasios y funerarias para mascotas. Incluso habló de regular a los paseadores de perros.

“Son actividades que implican un manejo con los animales y que hoy por hoy no están reguladas y no están obligadas a seguir lineamientos y disposiciones para el trato digno”, dijo la titular de la PAOT.

La funcionaria agregó que se destina un capítulo a medidas de seguridad y sanciones, como la suspensión temporal de establecimientos mercantiles, instalaciones, prestación de servicios o lugares donde se tengan, utilicen, exhiban o vendan animales. 

Se incluyen sanciones nuevas, como el decomiso de ejemplares, clausura temporal, parcial o total y pagos de los gastos derivados de los ejemplares decomisados, así como revocación de permisos o autorizaciones.

En este capítulo se especifica qué autoridades son las que pueden imponer estas medidas de seguridad y sanciones y, por supuesto, dependerá de la gravedad de la infracción a la sanción o medida de seguridad a que se haga acreedor el infractor.

La Procuradora Ambiental dijo que las denuncias por maltrato animal son en promedio la mitad de todas las que recibe la institución al año.

En 2019 esas denuncias representaron un 45 por ciento; en 2020 un 52 por ciento y en lo que va de 2021 un 57 por ciento.

PROTOCOLO PARA ATENDER VIOLENCIA

Durante la videoconferencia de prensa, Mariana Boy también dio a conocer la existencia de un nuevo Protocolo de Actuación Conjunta entre la Fiscalía General de Justicia y la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial, con el propósito de poder prevenir y atender de manera oportuna cualquier caso de violencia familiar que sea detectado a partir de la atención de un caso de maltrato animal.

Explicó que el maltrato animal y la violencia familiar son problemáticas sociales que están íntimamente relacionadas y deben abordarse de manera integral, pues está comprobado que el maltrato animal trasciende en muchas de las ocasiones a otro tipo de violencia y a conductas criminales que afectan a la población más vulnerable como son niños, mujeres y adultos mayores.

“El maltrato animal debe ser visto como un síntoma de un núcleo familiar perturbado y disfuncional, y debe ser visto como una señal de alerta hacia la violencia familiar y para la actuación conjunta inmediata por parte de las autoridades competentes”, dijo Mariana Boy.

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