Oaxaca crea Ley Olimpia para castigar divulgación de contenido íntimo

Oaxaca.-La LXIV Legislatura reformó el Código Penal para tipificar delitos contra la intimidad sexual en Oaxaca por medio de la Ley Olimpia.

Esto para sancionar a aquella persona que por cualquier medio divulgue, comparta, distribuya, publique y/o solicite imágenes, audios o videos de una persona desnuda parcial o totalmente de contenido íntimo, erótico o sexual, ya sea impreso, grabado o digital, sin el consentimiento de la víctima.

Las sanciones van de los 4 a 8 años de prisión y multa de mil a dos mil veces el valor diario de la unidad de medida y actualización vigente, es decir de 84 mil 490 pesos a 168 mil 980 pesos.

La iniciativa de reforma fue presentada por el Frente Nacional para la Sororidad, a través de su fundadora la activista Olimpia Coral Melo, las diputadas Hilda Pérez Luis, de la bancada de Morena; las diputadas de la bancada de Mujeres Independientes, Aleida Serrano Rosado y Elim Antonio Aquino; el diputado del PES, Arsenio Mejía García; y el diputado del PT, Noé Doroteo Castillejos.

Las reformas al Código Penal son al Capitulo Segundo, para llamarse Delitos contra la Intimidad Sexual, y los artículos 249 y 250.

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