Nueva contingencia ambiental en menos de una semana. No circularán estos autos

Ciudad de México.-En menos de una semana la mala calidad del aire en la Zona Metropolitana Del Valle de México obligó a las autoridades ambientales a decretar medidas de restricción vehicular, las cuales aplicarán para mañana martes 27 de abril.

El pasado miércoles 21 de abril se registró un valor máximo de ozono de 160 ppb en la estación de monitoreo Tultitlán.

Este lunes, Comisión Ambiental de la Megalópolis informó que a las 16:00 horas se registró un valor máximo de ozono de 159 ppb en la estación de monitoreo CCA-UNAM, ubicada en la alcaldía de Coyoacán.

Lo anterior obedeció a que nuevamente se estabilizaron las condiciones atmosféricas imposibilitando la dispersión del ozono y sus precursores. El transporte de los precursores desde otras zonas hacia la porción suroeste, en combinación con la estabilidad atmosférica en la alcaldía de Coyoacán, propiciaron las concentraciones altas del contaminante.

Para levantar las restricciones vehiculares, los valores de concentraciones de ozono deben ser menores a 155 ppb.

Por lo anterior, la Comisión Ambiental de la Megalópolis hizo un llamado a la aplicación inmediata de medidas con el objeto de disminuir la exposición de la población al aire contaminado para reducir el riesgo de afectación a su salud; así como para reducir la generación de contaminantes y con ello reducir la probabilidad de volver a alcanzar altas concentraciones de ozono el día de mañana.

Habrá restricciones a la circulación en el Sector Transporte. Mañana martes 27 de abril, deberán suspender su circulación en horario de las 5:00 a las 22:00 horas los vehículos de uso particular con holograma de verificación.

Tampoco podrán circular los autos con holograma de verificación “1” cuyo último dígito sea 0, 2, 4, 6, 7 y 8, así como aquellos cuya matrícula esté conformada sólo por letras.

La restricción alcanza a los vehículos de uso particular con matrícula local sin holograma de verificación y los vehículos con matrícula foránea de uso particular que no porten holograma de verificación o cuyo holograma no sea “E”, “00” ó “0”, así como las unidades que transportan gas licuado de petróleo (pipas y/o semi remolques) cuya matrícula sea PAR, con excepción de aquellas que usen válvulas de desconexión seca.

Los vehículos de carga local o federal dejan de circular entre las 6:00 y las 10:00 horas.

Los Taxis con holograma de verificación “1” o “2” que deban dejar de circular de acuerdo a las disposiciones indicadas en los incisos a) y b) les aplicará la restricción a la circulación de las 10:00 a las 22:00 horas.

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