Norma-087 busca evitar accidentes y mejorar seguridad en carreteras: SCT

Ciudad de México.- La Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) informó que la Norma-087 que regula los tiempos de conducción, pausas y descansos que deberán cumplir los conductores del servicio de autotransporte federal, busca evitar accidentes y mejorar la seguridad en las carreteras.

“Evitar accidentes y mejorar la seguridad en las carreteras del país, son las prioridades de la entrada en vigor de la norma (.) denominada de fatiga, es un parteaguas en el desarrollo del autotransporte federal”, precisó la dependencia.

En un comunicado resaltó que entre las nuevas disposiciones de esta Norma están: que todo conductor deberá hacer una pausa de 30 minutos cuando haya manejado hasta cinco horas continuas o podrá distribuir la pausa en un lapso de cinco horas y media, de acuerdo con las condiciones del viaje.

La disposición también establece que los periodos de descanso diario de conducción en ningún caso serán acumulables, además de que el conductor deberá llevar una bitácora de servicio y exhibirla cuando le sea requerida.

Para transportar pasaje de turismo, indica que es obligatorio que cuando la ruta exceda las nueve horas entre en acción un segundo conductor; mientras que para vehículos de carga el tiempo máximo de conducción sea de 14 horas, tras la cual el conductor deberá hacer una pausa no menor a ocho horas continuas, así como los descansos mínimos de 30 minutos cada cinco horas.

La SCT recordó que en la elaboración de esta Norma participaron representantes del Gobierno Federal, incluyendo Petróleos Mexicanos (Pemex), cámaras y asociaciones de la industria del transporte (Canacar, Canapat, AMIA, ANPACT, ANTP, AMF, Conatram y Freno), empresas permisionarias.  

Así como la Cámara Nacional de la Industria de Transformación (Canacintra), la Confederación de Cámaras Industriales (Concamin), la Asociación Mexicana de la Industria Química y centros de investigación (IMP, IPN, UNAM y Academia Nacional de Medicina de México).

El pasado 28 de junio se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la presente Norma, que entrará en vigor 60 días naturales luego de su publicación. (Notimex) 

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