Niegan amparo a Padrés contra supuesta investigación

Ciudad de México.- Un juez federal le negó la  suspensión definitiva al ex gobernador de Sonora Guillermo Padrés Elías por la negativa en la Oficina del Procurador de aceptar una denuncia donde cuestiona una supuesta investigación en su contra iniciada en el estado de Sonora en el 2017. 

 

“…Primero. Se niega la suspensión definitiva a Guillermo Padrés Elías, contra los actos y las autoridades que se precisaron en el resultando primero de esta resolución, en virtud de los razonamientos expuestos en los considerando primero y segundo. Segundo. Se concede la suspensión definitiva a Guillermo Padrés Elías, contra el acto y la autoridad que se precisaron en el considerando tercero de esta resolución, en virtud del razonamiento ahí expuesto”, se lee en el fallo. 

 

De acuerdo con el juicio1051/2017 presentado ante el Juzgado Cuarto de Distrito de Amparo Penal Federal,, Padrés Elías envió un escrito de denuncia a la oficina de correspondencia del Procurador General de la República, la cual fue rechazada por incompetencia, donde se manifestaba por la averiguación FED/SON/HSO/0002438/2017.

 

Sin embargo, en primera instancia se le negó la suspensión de plano del acto reclamado, pues esta determinación no violenta sus derechos y garantías que obran en el artículo 22 constitucional y el 126 de la Ley de amparo.

 

Estas lineamientos se refieren a la protección de la justicia cuando el quejoso esté en peligro de privación de la vida, ataques a la libertad personal fuera de procedimiento, incomunicación, deportación o expulsión, proscripción o destierro; las penas de muerte, mutilación, infamia, marcas; azotes, palos, el tormento de cualquier especie, la multa excesiva, la confiscación de bienes y cualesquiera otras penas inusitadas y trascendentales.

 

Por ello, que la negativa de la oficina del Procurador de la República que reclama el ex gobernador de Sonora no es ninguno de estos actos, por ello, el juez le negó la suspensión de plano que solicitó.

 

“…,Ya que de la lectura integral de la demanda no se aprecia que en este momento se esté ejecutando ninguno de los actos prohibidos por el artículo 22 Constitucional en perjuicio de la parte quejosa, toda vez que la orden de aprehensión y/o detención que refiere el promovente como actos reclamados, no son de los prohibidos por el citado precepto”, dice la demanda.

 

En la argumentación del juez se explica que “del escrito de denuncia de hechos y su posterior envío al Estado de Sonora que son la fuente del acto reclamado y la aceptación de la competencia y la integración de la carpeta de investigación por la autoridad ministerial federal en el Estado de Sonora".

 

En días pasados se informó que el ex gobernador de Sonora había obtenido dos amparos en contra de los delitos de evasión fiscal y otro por delincuencia organizada, por lo que podría alcanzar su libertad en cualquier momento, sin embargo, esta situación no se ha concretado.

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