Mayor injerencia del Legislativo y duración de Fiscal hasta 14 años, considera el dictamen del Sistema Anticorrupción local

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Alberto Cuenca Reportero en Capital CDMX

Ciudad de México.- En la Asamblea Legislativa del DF (ALDF) comenzó a circular esta tarde el proyecto de dictamen del Sistema Anticorrupción de la CDMX. Dentro del mismo destacan planteamientos orientados a incrementar la injerencia del legislativo local en la operación de dicho Sistema, contraponiéndose con ello a la forma en la que funciona dicho mecanismo a nivel federal.

La propuesta, que tiene exclusiva Capital CDMX, considera que el Fiscal Anticorrupción de la Ciudad durará en su encargo siete años, prorrogables hasta por una ocasión y será designado por el Poder Legislativo de la Ciudad de México, con aprobación de la mayoría de los miembros presentes del pleno, de acuerdo con el artículo 68.

Destaca el hecho de que el Fiscal pueda ser reelecto y dure en su cargo hasta 14 años, a diferencia de los integrantes del Comité de Participación Ciudadana del Sistema, quienes durarán en su encargo cinco años, sin posibilidad de reelección, al igual que el Secretario Técnico del mismo.

En el artículo 10 del proyecto de Ley del Sistema Anticorrupción de la Ciudad y al referirse a la conformación del Comité Coordinador de este mecanismo, se considera la incorporación de un representante del órgano interno de control del Congreso capitalino, así como del titular del Consejo de Evaluación de la Ciudad. Esos funcionarios, por ejemplo, no están considerados en el modelo del Sistema Nacional Anticorrupción.

Además, en el artículo 40 se incorpora al órgano interno de control del Congreso de la Ciudad como parte del Sistema de Fiscalización de la Ciudad, junto con las contralorías de los órganos autónomos y del Tribunal Superior de Justicia.

El Sistema de Fiscalización de la Ciudad de México tiene como objeto coordinar las acciones y mecanismos de los integrantes del mismo; además promoverá el intercambio de información, ideas y experiencias encaminadas en el desarrollo de la fiscalización de los recursos públicos y coadyuvará con Sistema Nacional de Fiscalización, a través de su Comité Rector.

Una injerencia mayor del legislativo local, que no está definida para el mecanismo federal, tiene que ver con el nombramiento del Secretario Técnico del Sistema Anticorrupción de la Ciudad, el cual durará cinco años en su encargo, sin posibilidad de reelección.

En el artículo 33 de esa Ley se plantea que ese cargo será nombrado y removido por el Poder Legislativo de la Ciudad y, para tal efecto, se le darán atribuciones a la Comisión de Gobierno del Congreso capitalino, previa opinión del Comité de Participación Ciudadana del Sistema, para someter al Pleno del Legislativo una terna de personas que cumplan los requisitos para ser designado como tal.

A nivel federal se señala que el secretario técnico será nombrado y removido por el órgano de gobierno de la Secretaría Ejecutiva, por el voto favorable de cinco de sus miembros. Durará cinco años en su encargo y no podrá ser reelegido. En el caso federal, no interviene el poder Legislativo en dicha designación.

Corresponde al Secretario Técnico ejercer la dirección de la Secretaría Ejecutiva, por lo que contará con las facultades más amplias establecidas en la legislación de la materia. Así, tendrá entre sus tareas actuar como secretario del Comité Coordinador y del órgano de gobierno de la Secretaría Ejecutiva; además de ejecutar y dar seguimiento a los acuerdos y resoluciones del Comité Coordinador y del órgano de gobierno.

Dentro del dictamen de la Ley del Sistema Anticorrupción se contempla que los futuros alcaldes serán invitados permanentes del Comité Coordinador del mecanismo, y podrán participar en las sesiones del mismo sólo con derecho a voz.

En este dictamen quedan fuera candados que sí vienen en la Ley General del Sistema Nacional, como es el impedimento a los integrantes del Comité de Participación Ciudadana de ocupar, durante el tiempo de su gestión, un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza, en los gobiernos federal, local o municipal, o cualquier otro empleo que les impida el libre ejercicio de los servicios que prestarán a dicho Comité.

Los diputados locales tienen a más tardar el martes 18 de julio para aprobar y promulgar el marco normativo del Sistema Anticorrupción de la Ciudad, mismo que se compone de 11 leyes. Estas son la Ley Orgánica de la ALDF, la Ley de Fiscalización Superior, la Ley de Transparencia, la Ley Orgánica de la Administración Pública, la Ley del Sistema Anticorrupción, la Ley de Auditoría y Control Interno de la Administración Pública, la Ley de Responsabilidades Administrativas, la Ley de Justicia Administrativa, la Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa, la Ley Orgánica de la Fiscalía Especializada de Combate a la Corrupción y reformas al Código Penal.

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