Ciudad de México.-La Ley de Victimas para la Ciudad de México a partir de este lunes 19 de febrero entra en vigor y sustituye a la Ley de Atención y Apoyo a las Víctimas del delito para el Distrito Federal.
Dicha ley garantiza el ejercicio de los derechos de las víctimas y establece la asistencia, protección, atención, verdad, justicia, reparación integral y debida diligencia a los procesos.
Además, con el reconocimiento de la calidad de víctima, se podrá acceder a la reparación integral, según corresponda.
¿Quién puede reconocer como víctima?
El juez de control o tribunal de enjuiciamiento, mediante sentencia ejecutoriada.
El juez de control o tribunal de enjuiciamiento que tiene conocimiento de la causa.
El juzgador en materia de amparo, civil o familiar que tenga los elementos para acreditar que el sujeto es víctima.
Los órganos jurisdiccionales internacionales de protección de derechos humanos a los que México les reconozca competencia.
La Comisión de Víctimas.
Asimismo, las víctimas en todo momento tendrán Derecho a la información, que significa ser informadas sobre sus derechos, así como de los procedimientos, mecanismos y medidas; Derecho a la salud y asistencia psicosocial; a que se respete su integridad psicofísica, a la no revictimización, a la justicia y la verdad, así como a la reintegración social.
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