El lunes concluye Hoy No Circula extraordinario y avanza prórroga en Revista Vehicular

Ciudad de México.-La Secretaría del Medio Ambiente (Sedema) de la Ciudad recordó que a partir del 15 de junio concluirá el programa Hoy No Circula extraordinario y aplicarán las restricciones regulares, correspondientes al holograma de verificación más reciente que el vehículo haya obtenido, ya sea durante el segundo semestre del año 2019 o durante el año 2020, independientemente del origen de la matrícula.

Además, la administración capitalina detalló que desde el pasado 1 de junio aplica una prórroga de 60 día naturales para el trámite de Revista Vehicular en beneficio de los concesionarios del transporte público.

Sobre el Hoy No Circula, la Sedema realizó siete precisiones: 

1. El Hoy No Circula extraordinario concluirá en la Ciudad de México el 15 de junio, por lo que los automotores con hologramas del tipo “exento” “cero y “doble cero” podrán circular todos los días a partir de esa fecha. 

2. Vehículos con hologramas con vigencia vencida. Los automotores con engomado de cualquier color, matriculados en la Ciudad de México, Estado de México u otra entidad federativa que cuenten con holograma del tipo “exento”, “00, “0”, “1” o “2” le aplicará la restricción a la circulación de acuerdo con el holograma vencido, es decir:

a) Si el holograma vencido es del tipo “00” o “0” no tiene restricciones a la circulación.

b) Si el holograma es del tipo “1” debe dejar de circular un día a la semana y dos sábados al mes, de las 5:00 a las 22:00 horas.

c) Si el holograma es del tipo “2” debe dejar de circular un día a la semana y todos sábados del mes, de las 05:00 a las 22:00 horas.

3. Automotores con engomado de cualquier color que tengan multa por verificación extemporánea (unidades con engomado amarillo que no verificaron en enero o febrero de este año o unidades con engomado rosa, rojo, verde o azul que no cuentan con su verificación del segundo semestre del 2019), podrán seguir circulando bajo la aplicación del programa Hoy No Circula establecido en el numeral 2, en tanto no reanuden el servicio los centros de verificación.  En cuanto reinicie la verificación vehicular en la Ciudad de México, estas unidades no podrán circular a menos que sea para conducir su unidad a un centro de verificación y con la multa por verificación vehicular pagada.

4. Vehículos con multa por verificación extemporánea por no verificar en el año 2019 (engomados rosa, rojo, verde y azul) o en enero y febrero de 2020 (engomado amarillo), les aplica la misma condición establecida en el numeral 2 en tanto continúe el cierre de los centros de verificación, toda vez que no hay forma de que el ciudadano regularice la situación de su unidad.  Una vez iniciada la prestación del servicio, los autos sólo podrán circular para ser llevados a verificar lo cual deberá ocurrir posterior al pago de la infracción por verificar de forma extemporánea.

5. Vehículos con multa de verificación extemporánea pagada y vencida con fecha igual o posterior al 25 de marzo, tendrán 30 días para verificar posteriores al reinicio de la operación de los centros. Les aplica el programa Hoy No Circula de acuerdo con lo establecido en el numeral 3.

6. Vehículos que realizaron cambio de matrícula y cuyo plazo para verificar ya se venció, tendrán 30 días para verificar posteriores al reinicio de la operación de los centros. Les aplica el programa Hoy No Circula de acuerdo con el numeral 2.

7. Vehículos nuevos no verificados les aplica el programa Hoy No Circula de acuerdo con lo establecido en el numeral 2 hasta en tanto reinicie el proceso de verificación vehicular. A partir del inicio de la verificación, el Hoy No Circula aplicará a las unidades bajo las mismas condiciones que aplica al holograma “2”. 

 

PRÓRROGA A REVISTA

 

En cuanto a la Revista Vehicular, la administración capitalina recordó que el pasado 5 de mayo se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el acuerdo con el cual se otorga una prórroga de 60 días naturales (que aplicará a partir del 1 de junio) a los concesionarios y/o permisionarios para realizar los siguientes trámites:

? Autorización y/o revalidación de bases de servicio de taxis y lanzaderas de unidades vehiculares y equipamiento auxiliar.

? Revalidación de la Autorización para la Prestación de Servicios de Transporte de Pasajeros en la Modalidad de Colectivo en Ruta Fija.

? Revalidación de Permiso Complementario para Sitios de Servicio Público de Transporte de Carga.

? Revista Vehicular 2020, de las unidades que prestan el servicio de:

1. Transporte de Pasajeros Público Individual (Taxi)

2. Transporte de Carga Público, Mercantil y Privado, así como de Pasajeros Mercantil y Privado

3. Transporte Público Colectivo de Pasajeros de Ruta no incorporado a Corredor.

Este acuerdo no afectará los trámites que puedan realizarse de forma digital, mediante la plataforma electrónica de SEMOVI. Además, esta prórroga permite apoyar a las personas concesionarias en un momento de mayor presión financiera, para que tengan más tiempo de realizar estos trámites y sus pagos de derechos respectivos.

 

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