Diputado migrante para la Ciudad de México

Ciudad de México.- El proceso electoral federal y local 2020-2021 tiene muchas caracerísticas que lo distinguen notablemente de otros ejercicios electivos.

De entrada, será la elección más grande que nuestro sistema democrático haya tenido toda vez que se reunueva la Cámara de Diputados Federal y a nivel local hay elecciones en las 32 entidades federativas de donde destaca la elección de 15 gobernadores o gobernadoras; en 30 entidades se renovarán los Congresos locales y en otras 30 las autoridades de los distintos ayuntamientos que integran los Estados.

Para el caso de la Ciudad de México, se renueva su Congreso local y las 16 alcaldías.

El Instituto Nacional Electoral (INE) estima que alrededor de 95 millones de electores podrán participar en estas elecciónes y, por si fuera poco 11 entidades federativas reconocen el voto de sus ciudadanos residentes en el extranjero.

Los mexicanos oriundos de diferentes 8 estados podrán votar por gobernador o gobernadora, a saber: Baja California Sur, Chihuahua, Colima, Guerreo, Michoacán, Nayarit, Querétaro, San Luis Potosí y Zacatecas.

Jalisco abre sus fronteras para recibir la votación de sus conciudadanos para una diputación de representación proporcional.

Y el caso tortuoso de la Ciudad de México podrá contar con un diputado migrante.

Para este último caso, vale la pena referir que una diutación migrante es un espacio que se reserva en el Congreso local, en este caso para nuestra Ciudad Capital, para ser votada y ocupada por la ciudadanía originaria de la Ciudad de México que reside en cualquier parte del mundo.

Este caso es emblemático porque justamente hace unos días, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, por unaniminad de sus magistrados y magistradas, confirmaron lo que ya había resuelto en su oportunidad la Sala Regional Ciudad de México en el sentido de dejar sin efectos el decreto emtido por el Congreso de nuestra Ciudad, por el cual derogó la figura de diputado migrante del Código Electoral de Instituciones y Procedimientos Electorales local.

Entre los diversos razonamientos de la Sala Superior destaca que la justificación que ofreció en su oportunidad el órgano legislativo para derogar dicha normativa fue insuficiente, ya que no contempló otros medios que pudieran ser considerados idóneos para implementar la figura y garantizar con ello, los derechos político-electorales de los ciudadanos de esta gran urbe que residen en el extranjero, con lo que se generó una violación al principio constitucional de pogresividad de los derechos humanos.

Es importante destacar que Morena fue el actor político que controvirtió la resolución de la Sala Regional Ciudad de México en razón de que pretendía que se mantuviesen los efectos derogatorios de la figura de la diputación migrante en la Ciudad de México, situación que como vemos no prospero.

Ahora la Ciudad de México junto con otras 10 entidades federativas le dan al proceso electoral 2020-2021 otra característica importante.

Además, el INE pretende para estas entidades poner a dipsosición de la ciudadanía dos modalidades de sufragio: una vía postal y la vía electrónica por internet.

Ambas vías ya han sido utilizadas en procesos electorales.

Por ejemplo, la vía postal ha sido utilizada por el INE desde 2006, 2012 y 2018 para recibir la votación de los mexicanos residentes en el extranjero que, luego de un determinado proceso, votaron por Presidente de la República.

Por la vía electrónica de internet tenemos el caso del Instituto Electoral de la Ciudad de México que, en 2012, los ciudadanos de esta Ciudad Capital, además de la vía postal, tuvieron la opción de escoger votar por internet para el cargo de Jefe de Gobierno.

Así que, como podemos ver, muchas sorpresas nos tendrá el proceso electoral más grande del que se tenga registro.  

Ahora esperamos que las mismas se desarrollen con civilidad por el bien de nuestro propio sistema democrático y de la población que participa en él.

@fdodiaznaranjo

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