Devuelve Tribunal Electoral a Morena 10 diputaciones plurinominales en EdoMex

Ciudad de México.- El Pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) modificó la asignación de diputaciones locales por el principio de representación proporcional, y le regresó a Morena las 10 diputaciones que el Tribunal Electoral de Toluca le quitó por un error en el calculo de "sobrerepresentación".

Por mayoría de votos, la resolución emitida por la Sala Regional Toluca en el ST-JRC-135/2018 y acumulados , modificó la resolución emitida por el Tribunal Electoral del Estado de México y el acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, ambos relacionados con 

Los partidos políticos de la Revolución Democrática (PRD), Encuentro Social (PES), del Trabajo (PT) y Morena, así como diversas candidatas y candidatos a diputados, impugnaron la sentencia de la Sala Toluca. Entre los agravios expuestos por las y los actores, destaca la indebida asignación de escaños e incorrecta verificación de los límites de sub y sobrerrepresentación; así como el incorrecto ejercicio de la acción afirmativa en razón de género en perjuicio de un candidato varón. 

Al resolver el SUP-REC-941/2018 y acumulados, la Sala Superior determinó que la Sala Toluca, , se apartó del marco legal aplicable al momento de realizar la asignación. Esto, al considerar a la coalición “Juntos Haremos Historia” como una unidad o una única fuerza política a efecto de verificar la sub y sobrerrepresentación en la integración del congreso local.

La Sala Regional había realizado una nueva asignación de escaños para corregir la sobrerrepresentación existente, a su juicio, porque los tres partidos que conformaron la coalición obtuvieron el 46% de la votación y alcanzaron el 69% en la integración de la legislatura.

El error de la Sala Regional consistió en haber empleado el concepto de “subrepresentación consentida”, ocurrida, a su juicio, a partir de la distribución de distritos de mayoría relativa entre los partidos integrantes de la coalición parcial “Juntos Haremos Historia”. 

La Sala Superior señaló que no es posible considerar que la distribución de los distritos de mayoría relativa entre los partidos coaligados constituya el abuso de un derecho, porque, al momento de la suscripción del convenio, conforme a las reglas de la lógica y la experiencia, era imposible prever con certeza los resultados de la votación

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