Corte resolverá este martes acciones contra Constitución capitalina

Ciudad de México.- El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) inició el análisis y la discusión de acciones en contra de la Constitución Política de la Ciudad de México, que entrará en vigor el 17 de septiembre.

Este lunes comenzó la segunda etapa del análisis de las acciones de inconstitucionalidad 15/2017 y sus acumuladas 16/2017, 18/2017 y 19/2017, promovidas por los partidos Morena y Nueva Alianza, la Procuraduría General de la República (PGR) y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).

Las demandas son por invalidez de diversas disposiciones de la Constitución Política de la Ciudad de México, publicada en la Gaceta Oficial de dicha entidad el 5 de febrero de 2017, las cuales presuntamente violan los preceptos de la Constitución federal y de tratados internacionales.

La discusión se pospuso para continuar en la sesión del martes, a las 10:30 horas, para avalar o desechar el proyecto que presentó el ministro Javier Laynez Potisek, el cual es favorable para validar la mayoría de los artículos impugnados.

El proyecto de 389 hojas plantea que es constitucional establecer a nivel local la revocación de mandato para los servidores públicos de elección popular, así como que el texto de la carta magna instaure facultades y requisitos para el fiscal general.

También se precisa en el documento que la Constitución de la Ciudad de México sí puede ampliar derechos humanos y reconocer derechos nuevos.

Al respecto, al exponer el primer punto del asunto, el ministro Laynez propone establecer que contrariamente a lo afirmado por la PGR en el sentido de que la Ciudad de México no podía ampliar derechos humanos y reconocer nuevos la Corte determinó que la Constitución capitalina sí puede hacerlo.

Ello porque al establecer o ampliar derechos humanos las entidades federativas no alteran la regularidad constitucional, además de que muchos derechos humanos no se establecen como reglas, sino como principios que necesariamente tienen que ser desarrollados por el legislador secundario, en términos de lo previsto por el Articulo 1 de la Constitución federal.

Se trata, dijo, de una responsabilidad compartida entre Federación y entidades que tiene como principio la universalidad, que implica el que todas las personas tengan acceso a los derechos humanos, pero no así uniformidad, que implicaría que todas las normas fueran iguales.

Aunado a lo anterior, el hecho de que la Ciudad de México sea autónoma y no soberana como los estados no es una limitación para el ejercicio de sus facultades legislativas en la materia.

Añadió que los límites a esta facultad legislativa se encontrará en respetar las facultades de la Federación; no contravenir derechos humanos previstos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y tratados internacionales; y no alterar las funciones de la capital como sede de los Poderes de la Unión.

Entre los 56 preceptos propuestos para declarar su constitucionalidad destacan los temas de que sí se puede permitir el uso médico de la marihuana, así como el derecho a una muerte digna, reconocimiento a todas las familias y secreto profesional de los periodistas.

Cabe recordar que ante la complejidad y magnitud de los temas y sobre todo ante la cercanía del inicio del proceso electoral en la Ciudad de México el ministro ponente, con la autorización del Tribunal Pleno, estructuró su estudio en dos grupos.

De esta manera, el 17 de agosto de 2017 el pleno de la SCJN resolvió un primer conjunto de impugnaciones relacionadas con el proceso legislativo (ya que de ser fundadas tendrían el potencial de invalidar toda la Constitución) y con temas electorales.

En esa primera sentencia se agotó el estudio de todos los temas planteados por los partidos políticos promoventes, de manera que las acciones de inconstitucionalidad 15/2017 y 16/2017 han sido resueltas en su totalidad. (Notimex) 

 

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