Constitución Política CDMX, el Reto que sigue

Ciudad de México.- El próximo 5 de junio las y los ciudadanos de la Ciudad de México podrán elegir entre los candidatos de los partidos políticos y los candidatos independientes, a quienes integrarán la Asamblea Constituyente, responsables de analizar, discutir y aprobar la primera Constitución de la Capital del país.

Se elegirán por voto universal, secreto y directo 60 de los 100 integrantes totales con los que estará conformada la Asamblea Constituyente; los otros 40 integrantes no serán electos, en virtud del acuerdo político alcanzado en el Congreso de la Unión que en su lugar definió la siguiente distribución: 14 diputados federales y 14 senadores designados en sus respectivas Cámaras, conforme a la proporción que tiene cada grupo parlamentario; 6 más designados por el Jefe de Gobierno y los últimos 6 designados por el Presidente de la República.

En mi partido, de acuerdo a su Estatuto y reglamentos internos, en la lista de personas que propongamos para integrar el Constituyente, uno de cada cinco debe ser joven, por lo que tenemos muy claro que la visión y problemática juvenil debe estar presente a la hora de aprobar la redacción final de la Constitución. En una ciudad donde predomina la juventud, como es la Ciudad de México, la voz y las acciones juveniles son indispensables para una visión de vanguardista y de futuro.

De este modo sui géneris, cómo lo es todo el proceso en sí, se conformará la Asamblea Constituyente el 15 de septiembre de este año.  Para esa misma fecha, el Jefe de Gobierno deberá entregar el proyecto de Constitución terminado, el cual ya se está elaborando con la colaboración de un equipo de trabajo de 28 personalidades nombradas recientemente por la autoridad capitalina.

El proyecto de Constitución será la base para analizar, discutir, modificar y en su momento aprobar la redacción final de cada artículo de la naciente Carta Magna Capitalina. Este proceso, desde la elaboración hasta la aprobación final de la Constitución Local, necesita dotarse de la mayor pluralidad posible, de participación de la sociedad organizada en sus distintas formas y la mayor voluntad política para escuchar e incluir todas aquellas propuestas con méritos suficientes para ser incorporadas en el documento final.

La Constitución Política de la Ciudad de México genera altas expectativas. Se considera que a diferencia de Carta Magna Nacional, que a través de las modificaciones realizadas en los 99 años que tiene de vigencia, resulta un texto sumamente extenso, un tanto desordenado, con redacciones diversas y en algunos casos descuidados, con pérdidas significativas en cuanto a su estructura integral y sistematicidad; la Constitución de la Capital puede convertirse en un modelo para la conformación de una eventual nueva Constitución del país, o bien de su reordenación y consolidación del texto, así como para futuras modificaciones de otras Constituciones Locales.

Será así como la Reforma Política de la Ciudad de México recientemente promulgada, adquirirá  forma y contenido propio en un acuerdo político jurídico que detalle, sin caer en excesos, lo que hasta ahora se encuentra contenido en los artículos transitorio del decreto que transforma al Distrito Federal en la Ciudad de México. A partir del texto Constitucional naciente se definirá las particularidades de cambios sustantivos que establecerán nuevas formas de ejercer el gobierno, de participación política, coordinación de las demarcaciones administrativas y territoriales,  nuevos instrumentos jurídicos para las relaciones entre gobernantes y gobernados, etc.

Uno de esos cambios trascendentes será dejar atrás las demarcaciones territoriales administrativas  monolíticas, hasta ahora conocidas como delegaciones políticas, para dar paso a la creación de “alcaldías”, que supone un cambio mayor a la simple denominación actualizada.

Como muchos otros cambios que traerá la aplicación de la Reforma Política y la naciente Constitución, será hasta el año 2018 que las alcaldías tomarán forma, se constituirán después de la elección correspondiente de ese año; las alcaldías se integrarán por un alcalde y por concejales, con posibilidad de reelección, en un número que podrá ser entre 10 y 15, de acuerdo con lo que se detalle en la Constitución. Este cambio supone el ejercicio de gobierno a cargo de equipos pluripartidistas, que entre otras cosas alienta la rendición de cuentas, la transparencia y el equilibrio de poder.

Otro cambio relevante a desarrollarse en la nueva Constitución será la conversión de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal en la Legislatura de la Ciudad de México, su Congreso local que formará parte del Constituyente Permanente con plenas facultades para aprobar o rechazar reformas constitucionales. Esto no supone la creación de un nuevo Estado de la República, como algunos equivocadamente plantearon, sino que adquiere el grado de Entidad Federativa con mayor autonomía.

La integración de la Legislatura es tema que definirá precisamente la Asamblea Constituyente, tanto en el número total de integrantes, como la composición resultado de la elección por las vías de mayoría y de representación proporcional, pudiendo ser electos hasta por cuatro periodos consecutivos.

Será en la Legislatura de la Ciudad de México donde se determine los criterios en materia presupuestal y de endeudamiento de la Ciudad; se revisará la cuenta pública a través de su entidad de fiscalización; por supuesto estará  facultada para aprobar las adiciones o reformas a la Constitución, una vez entrada en vigor en el 2108. Junto a la mayor autonomía que adquiere la Ciudad de México con su nueva Legislatura, hay que añadir las facultades del Jefe de Gobierno para nombrar al Jefe de la Policía y al Procurador de Justicia; lo que antes corría a cargo del presidente de la República.

El artículo 122 de la Constitución  Mexicana, que también sufrió modificaciones como parte de la Reforma Política de la Ciudad de México, señala la necesidad de establecer “mecanismos de coordinación administrativa en materia de planeación del desarrollo y ejecución de acciones regionales para la prestación de servicios públicos…”, todo esto para aplicarse en la Zona Metropolitana del Valle de México. 

De modo tal que será en la nueva Constitución de la Capital donde se detallen las características de la coordinación metropolitana que la Ciudad tenga con los municipios y Entidades Federativas conurbadas, así como con la Federación; siendo esta indispensable para afrontar las diversas problemáticas de una región con cerca de 30 millones de habitantes.

Hay que decirlo con claridad, las expectativas que se tienen sobre la Constitución Política de la Ciudad de México son altas. Los avances en el respeto a los derechos humanos y sociales alcanzados hasta ahora en las leyes capitalinas, muchos de ellos a contra corriente de lo que se opina y se dice en otras entidades de la República, no pueden revertirse a merced de una nueva correlación de fuerzas político-electorales.

En la Constitución naciente deberá observarse una defensa de lo logrado, una actualización de las necesidades de una metrópoli como lo es la Ciudad Capital y una visión de futuro que permita mecanismos sensatos para futuras adecuaciones a la Carta Magna Local y a sus leyes.

 

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