Congreso capitalino aprueba decreto que convierte en delito las terapias de conversión. PAN se divide al votar

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Alberto Cuenca Reportero en Capital CDMX

Ciudad de México.-El Pleno del Congreso capitalino aprobó hoy, con 49 votos a favor, nueve en contra y cinco abstenciones, una reforma al Código Penal local, por el cual se tipifica como un delito las llamadas terapias de conversión con las que supuestamente se “cura” la orientación sexual.

Los legisladores -de Morena, PRD, PVEM y PT-, avalaron que se castiguen con dos a cinco años de prisión y de 50 a 100 horas de trabajo en favor de la comunidad, aquellas prácticas consistentes en sesiones psicológicas, psiquiátricas, métodos o tratamientos que tenga por objeto anular, obstaculizar, modificar o menoscabar la expresión o identidad de género, así como la orientación sexual de la persona, en las que se emplee violencia física, moral o psicoemocional, mediante tratos crueles, inhumanos o degradantes que atenten contra la dignidad humana.

En la votación hubo una división en el PAN, pues legisladores como el coordinador de la bancada Mauricio Tabe y Jorge Triana votaron a favor, pero en contra lo hicieron Gabriela Salido, América Rangel, Héctor Barrera, Pablo Montes de Oca y Diego Garrido, mientras que se abstuvieron Federico Döring y Margarita Saldaña.

Cuando razonó su voto, el coordinador de los panistas Mauricio Tabe consideró que estas terapias pueden atentar contra la dignidad de las personas y generar daño físico a las personas. Así, anunció que en el PAN no habría una votación en bloque, aceptando que había una discrepancia jurídica entre sus compañeros de bancada.

En contra también votó el diputado de Morena, Efraín Morales, junto con Fernando Aboitiz y Miguel Álvarez Melo, ambos de Encuentro Social. Incluso Aboitiz presentó una moción suspensiva para tratar de regresar el dictamen a comisiones, pero la mayoría de Morena lo rechazó.

Aboitiz argumentó que no se justificaba la tipificación de las terapias como un ilícito, pues no hay una conducta delictiva acreditable qué perseguir. Agregó que con esta reforma se violaba el derecho a la libertad de culto.

Con el decreto de reforma que tipifica las terapias de conversión se establece que este nuevo delito se perseguirá por querella, pero si la terapia de conversión se le practica a un menor de 18 años de edad o persona que no tenga capacidad para comprender el significado del hecho o persona que no tenga la capacidad de resistir la conducta, la pena se aumentará en una mitad y se perseguirá por oficio.

Así, quedan tipificados como delitos los contratos, tratamientos, terapias, servicios, tareas o actividades que pretendan corregir la orientación sexual e identidad o expresión de género y que atenten contra la libre autodeterminación de las personas en la Ciudad de México, llamadas terapias de conversión.

De esta forma, se modificó el Artículo 190 Quarter, correspondiente al Capítulo de Delitos Contra el Libre Desarrollo de la Personalidad y la Identidad Sexual del Código Penal de la Ciudad.

El diputado de Morena Temístocles Villanueva, uno de los principales promotores de la iniciativa que derivó en este decreto, recordó que desde el 2015 no se lograba una reforma a favor de la comunidad LGBTTTI como la que ahora se logró.

Expuso que la homosexualidad no es una enfermedad y por ello, someter a personas a esas “terapias” se atenta contra el libre desarrollo de la personalidad, así como al derecho a elegir de forma libre y autónoma un proyecto de vida sin control ni coacciones religiosas o moralistas.

“Estas terapias que buscamos sancionar utilizan métodos como el aislamiento, la agresión verbal y físicos, la intimidación, la privación de alimentos y hasta violaciones correctivas”, acusó Villanueva.

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