Cabify se suma a las empresas que violan derechos laborales en México ante Coronavirus

Ciudad de México.- Tras la contingencia provocada por la propagación y condición pandémica del Covid-19, las afectaciones en lo social y económico se han hecho sentir a nivel planetario, en lo nacional y en lo individual; Alina Gómez trabajó hasta hace unos días para Cabify; dicha empresa decidió cortar relación laboral con Gómez por negarse a firmar un documento que, so pretexto de la emergencia sanitaria, reduciría su salario en un 50% bajo el eufemismo de la solicitud de un “permiso de ausencia sin goce de sueldo”.

Alina Gómez Cid, licenciada en Relaciones Internacionales y ex coordinadora del área de Adquisición de Cabify, narra para Capital CDMX que el martes 17 de marzo, después del día de asueto, la empresa informó a los trabajadores que comenzarían a laborar homeoffice (medida adoptada contra la propagación del Covid-19 en algunos sectores públicos y privados). Ese mismo día, Agustín Jímenez, Country Manager de Cabify en México, a través de una videollamada daba certeza laboral a los empleados al mencionar que la empresa era rentable.

Cabify es una empresa transnacional que brinda transporte a usuarios a través de una app con la que conecta a usuarios y conductores –servicio de taxi o conductor privado-. Con origen en Madrid, España, en el año 2011, según información de su propio sitio web, es parte de Maxi Mobility y tiene presencia en 12 países, en más de 90 ciudades, y cuenta con más de mil empleados directos en todo el mundo y ofrece “oportunidades de autoempleo a cientos de miles de socios conductores”.

Después de una semana de normalidad, explica la coordinadora, a excepción de la condición de trabajar desde casa, el lunes 23 de marzo hubo otra videoconferencia con toda la empresa en la que se informó que, por toda la situación desatada por el coronavirus, llegaría a los empleados un documento “en el que nosotros íbamos a pedir que se nos redujera la jornada laboral y también el sueldo, esta reducción iba a ser para toda la empresa y que teníamos que firmarla ese mismo día”.

A Capital CDMX le fue facilitado dicho documento, así, se pudo confirmar la versión de Alina Gómez –hasta aquí narrada-. Dicho documento es una carta fechada el lunes 23 de marzo de 2020 y dirigida a “quien corresponda”; la carta aparenta haber sido redactada por cada uno de los empleados pues en el primer párrafo se establece lo siguiente:

“Yo, (nombre del empleado), suscribo la presente con el fin de solicitarles un permiso para laborar una jornada reducida ante la contingencia sanitaria que se ha suscitado por motivo de la pandemia internacional […] denominada COVID-19”.  El párrafo continúa con detalles de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud y su llegada al país.

En el segundo párrafo la carta establece que “suscribo la presente con el fin de solicitar que se me autorice laborar únicamente 4.5 horas al día, en sustitución de mi jornada ordinaria diaria que asciende a nueve horas (9:00-18:00 horas), autorizando expresamente que las horas que no labore se consideren como “permiso de ausencia sin goce de sueldo y consecuentemente, accedo a que no me sean pagadas, durante un periodo de 90 días o hasta que dure la contingencia”.

La carta termina con un párrafo que ratifica “para los efectos legales a que haya lugar la renuncia a percibir la remuneración correspondiente a las horas no laboradas por motivo del permiso para laborar una jornada reducida”.

Vía correo electrónico llegó a los empleados el documento para ser firmado. "A mí me decían que se me iba a reducir un 50% y yo no estuve de acuerdo; entonces nos dijeron que si no queríamos firmar que no había problema, que el caso se pasaba a Recursos Humanos (RRHH)”.

Al no quedarle clara la razón para firmar, la internacionalista informó a su jefe directo y a su jefe de área que no firmaría pues “hasta el Presidente de México (Andrés Manuel López Obrador) había salido a decir que las empresas no podían hacer ninguna reducción de salario ante esta contingencia y que también se les pedía a las empresas hacer homeoffice para evitar salir”.

Apenas la semana pasada, el subsecretario de Salud federal, Hugo López-Gatell, encargado de informar sobre el avance de la pandemia en México, a través de sus cuentas oficiales en redes sociales exhortaba a empresarios a respaldar el trabajo desde casa para empleados, sin ser penalizados sin sueldo o con despido durante un mes “de solidaridad para el país”. De igual forma llamaba a garantizar el salario de un mes de trabajadores, así como a la protección de los mismos para no ser despedidos y se pudiesen quedar en casa en pos de la mitigación del virus. Incluso, hoy Marcelo Ebrard, secretario de Relaciones Exteriores, tras dar a conocer el acuerdo de Declaratoria de Emergencia Sanitaria, advirtió que las empresas que obligue a sus trabajadores a ir a la sede de empleo enfrentarán sanciones económicas y, en caso de contagio, penales.

“El martes (24 de marzo) a las nueve de la mañana me llama una persona de RRHH y me pregunta que por qué no firme, si tenía alguna duda, y me empezó a intentar persuadir para firmar”, narra Alina, quien advierte que  quedaba claro el documento y por ello su decisión era no firmar al considerarlo injusto e ilegal. “Creo que era un momento en el que Cabify tenía que mostrar un apoyo hacia sus empleados”, dice.

Al mostrar su postura de no firmar, su caso fue asignado al Country Manager, quien se comunicó un día después con ella para solicitarle lo viera el jueves en las oficinas del piso 17 de la Torre Reforma Latino, en Av. Paseo de la Reforma, # 296. A pesar de considerar imprudente la cita debido a la contingencia y de solicitarla vía virtual por miedo a salir, la coordinadora asistió a la cita para que se le explicase “la situación de la empresa”, según se le comentó.

A la reunión asistieron Alina, otro trabajador quien también se negó a firmar, el Country Manager; “mi jefe directo”; una persona de RRHH y, por videollamada, el abogado de la empresa Carlos Aguerrebere; y el Director de RRHH, Juan Álvarez. Toda la reunión la llevó el Country Manager, mismo quien le informó –de forma bastante agresiva, según narra Alina- que estaba en su derecho de no firmar; no obstante, “si no firmaba ese documento, la empresa decidía terminar relación laboral conmigo, que no me iban a retener porque no me iban a pagar mi sueldo completo”.

La licenciada en Relaciones Internacionales cuenta que accedió a terminar la relación laboral. La persona de RRHH le informó que ya había un cálculo del monto correspondiente tras su despido y que se había hecho la baja como si se tratase de una renuncia por no aceptar firmar; por ende, el monto sólo era un finiquito por renuncia, ergo, la cantidad –consideró Alina- no era lo que corresponde por tres años nueve meses en los que laboró para Cabify ni la indemnización correspondiente por despido injustificado.

La Ley Federal del Trabajo establece como causas de despido justificado en su artículo 51: engañar con documentos o referencias falsas; faltas de probidad u honradez, actos violentos; faltar a la disciplina del lugar; dañar equipo de trabajo intencionalmente o por negligencia; comprometer la seguridad del lugar o de las personas; cometer actos inmorales u hostigamiento; dar a conocer asuntos de carácter reservado de la empresa; tener más de tres faltas injustificadas en treinta días; acudir bajo efectos de alcohol u otra sustancia a laborar, entre otras similares que imposibilitan la presencia legal del trabajador en el área de trabajo. También se consideran causas fuera de la responsabilidad del trabajador situaciones como la desaparición del puesto de trabajo, reestructuración del área o agravios del empleador hacia el empleado.

De acuerdo al testimonio de Gómez Cid, no incurrió en ninguna de estas faltas; por ende, se considera su despido un despido injustificado, lo que significa que la empresa debe brindar como indemnización o liquidación tres meses de salario; prima de antigüedad -20 días de salario por año de servicio-; saldo vencido –cuando se va a demanda ante la Junta de Conciliación y Arbitraje-; vacaciones y lo correspondiente de aguinaldo –en concordancia a lo dictado por la ley federal-.

Según la ley y las particularidades del caso de Alina Gómez, este monto ascendería hasta al 200% de lo que intentaban hacerle firmar y recibir como finiquito; cabe mencionar que Capital CDMX contactó a personal de RRHH de Cabify vía correo electrónico para acceder a su versión en el caso particular de Alina Gómez Cid. El equipo de Comunicación de dicha empresa dio su postura oficial sobre el hecho.

Cabify estableceñió que “estamos conscientes de la situación actual […] debido a la pandemia de COVID-19, así como de las repercusiones económicas mundiales". Agregó que han tomado medidas para salvaguardar la seguridad laboral de empleados, así, sus resoluciones permitirán “continuar sin la necesidad de hacer un recorte de personal […] con el objetivo de seguir contando con toda nuestra plantilla laboral después de los efectos de la pandemia".

Además, señala que “por respeto a la privacidad de nuestros colaboradores, por el momento no podemos dar mayor detalle acerca de estas implementaciones”. De la misma forma señalan que no se entorpecerán procesos que estén corriendo actualmente y protegen la confidencialidad de su equipo de trabajo con esta decisión. Dentro de su respuesta también se agrega que trabajan “de manera responsable y comprometida para brindar un servicio eficiente y seguro”.

Agustín Jímenez insistió en que la cantidad era la que correspondía y que la empresa no estaba dispuesta a dar más dinero. El abogado, en tono amenazante –relata Alina-, intentó persuadirla con el pretexto de que, debido a la situación derivada del coronavirus, los trámites se retrasan y, en caso de llegar a juicio, tardaría por la misma razón.

"El abogado refirió que me iba a costar mucho trabajo para encontrar trabajo y que no me convenía quedar mal con la empresa porque si en mi futuro trabajo pedía referencias a Cabify, Cabify iba a dar malas referencias porque yo no había firmado, que aparte todo eso quedaba en mi expediente y que las empresas no contrataban personas que se iban despedidas”, recuerda Alina.

Tras rehusarse a firmar de nueva cuenta, el Country Manager le informó que a partir de ese momento decidían terminar relación laboral con ella, por lo que le fue solicitado su equipo de trabajo –un celular y una computadora-. Ella sólo entregó el celular –pues lo llevaba en ese momento-, y desde la computadora intentó trabajar en su jornada normal cuando se encontró que había sido dada de baja o deshabilitada.

La empresa define su modelo de negocio como “guiado por principios básicos de ética” con el objetivo de “hacer de las ciudades mejores lugares para vivir”; en 2018 se suscribe al Pacto Mundial de las Naciones Unidas –lo cual es un decálogo para las empresas de alinear estrategias y operaciones en ejes como Derechos Humanos, normas laborales, medio ambiente, lucha contra la corrupción y tomar medidas para alcanzar un desarrollo sustentable-.

La historia de Alina no es la única dentro del país; hace pocos días circuló información sobre medidas tomadas por Alsea, empresa mexicana encargada del manejo en distintos países de cadenas como Starbucks, Burger King, Vips, quien dio a conocer la decisión de brindar un “permiso laboral sin goce de sueldo” a trabajadores de algunas de estas cadenas por el brote epidemiológico del coronavirus en México, situación que desató el enfado de usuarios de redes sociales contra estas cadenas restauranteras.

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