Avalan diputados revocación de mandato

Ciudad de México.- La Cámara de Diputados avaló con 328 votos en favor, 153 en contra y dos abstenciones el dictamen para que el Presidente de la República pueda someterse a una consulta de revocación de mandato.

La aprobación, con mayoría calificada, se dio en medio de un intercambio de señalamentos y pancartas con la leyenda “Sufragio efectivo, no reelección“ entre Morena y la oposición.

Los legisladores iniciarán la discusión en lo particular, ya que existen 44 reservas presentadas por los grupos parlamentarios.

La consulta de revocación de mandato podrá ser convocada por el presidente –único país del mundo en que el Ejecutivo podrá hacerlo, alerto la oposición-, 33 % de alguna de las cámaras del Congreso, o 3 % de los ciudadanos en Lista Nominal de Electores (LNE), es decir, más de 2.7 millones de electores–. Además el resultado será vinculante si participan en el proceso revocatorio 34% de la LNE, es decir 34.8 millones de electores. Aunque el porcentaje para que sea vinculante este ejercicio Morena propone reducirlo a 25 % y será parte de la discusión en lo particular.

Las modificaciones hacen más flexible la realización de consultas públicas, al reducir del 2%, equivalente a un millón 800 mil firmas para solicitar una consulta popular, ahora se requerirá de solo el 1%.

La revocación será vinculante siempre y cuando se dé por mayoría absoluta de los votos depositados en las urnas cuando se cuente con al menos el 40% de la participación del los inscritos en la lista de electores.

Cuando sea determinada la revocación por el Instituto Nacional electoral, el presidente de los Estados Unidos Mexicanos tendrá derecho a impugnar en 30 días naturales ante el Tribunal Electoral de Poder Judicial de la Federación y de no impugnar, cesará en sus funciones en 60 días.

La reforma faculta al INE para que participe en los procesos de consulta popular y revocación de mandato a los congresos de lo soliciten.

Se faculta al Congreso federal para que legisle en materia de consulta revocatoria y popular.

Solo podrá realizarse un proceso de revocación de mandato durante un periodo de gobierno.

Establece condiciones para que flexibilice la fecha de su realización de las consultas populares, las cuales fortalecen el ámbito de derechos en la participación política.

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