Avala SCJN circunscripciones en alcaldías; invalida nulidad de elecciones por violencia de género

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Alberto Cuenca Reportero en Capital CDMX

Ciudad de México.- En la continuación del debate sobre la validez jurídica de conceptos y ordenamientos electorales contenidos en la Constitución de la Ciudad de México, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló este jueves la existencia de las circunscripciones como subdivisión político-electoral de las futuras alcaldías y mantuvo el límite máximo de 40 diputados de un solo partido en el Congreso local, a pesar de que la Asamblea Legislativa del DF (ALDF) lo había fijado a través de una ley secundaria en 33 legisladores.

Sin embargo, y a comparación de los días previos, esta vez los ministros sí afectaron el contenido de la Constitución de la Ciudad, al declarar inválida la reelección de diputados por un periodo consecutivo, como lo establecía el artículo 29, apartado B, nunmeral 3.

Ahora, la Norma Máxima capitalina deberá permitir la elección consecutiva de legisladores hasta por cuatro periodos, en concordancia con la Constitución federal.

El Pleno de la SCJN también invalidó diversas causales de nulidad de las elecciones. Los ministros consideraron que es inconstitucional declarar nula una elección cuando se acredite que en el proceso hubo violencia política de género o irregularidades graves durante las diversas etapas del proceso electoral. Así, quedó suprimido todo el numeral 2, apartado D del artículo 27 de la Constitución local.

En la sesión de hoy, ratificaron la existencia de una lista A y una lista B para la conformación de las listas de candidatos  a diputados por el principio de representación proporcional, con 17 espacios para cada una de las listas, aún y cuando la suma de ambas daría 34 y no 33. El total de diputados que por la vía plurinominal integrarán el futuro Congreso local será de 33.

En la recta final de la sesión, los ministros se enfrascaron en un debate sobre qué autoridad debía ser notificada de las resoluciones aprobadas, si la ALDF o la Asamblea Constituyente, a pesar de que esta última cesó en sus funciones. Acordaron que ambas partes recibirán la notificación de lo resuelto por el máximo tribunal y que estas resoluciones entrarán en vigor una vez que se realicen las notificaciones.

La Corte comenzó su sesión del Pleno con el debate sobre el límite máximo de 40 legisladores al que un partido político tendrá derecho en el futuro Congreso de la Ciudad de México, lo cual quedó consagrado dentro del artículo 29, apartado B, numeral 2, de la Constitución local.

El ministro Javier Laynez, ponente en ese proyecto de sentencia, consideró que el tope de cuarenta diputados es un  límite acorde con los preceptos constitucionales porque permite al partido que haya obtenido un número significativo de votos, incluso la mayoría en la totalidad de los distritos uninominales, se le asignen hasta siete plurinominales para llegar a cuarenta, lo que garantiza la posibilidad de obtener una mayoría absoluta en el Congreso local, pero sin exceder el límite de sobrerrepresentación de la regla del 8 por ciento (cláusula de gobernabilidad), porque aún en un cálculo en un escenario donde llegara a esas cuarenta curules, esto representaría el 60.6% de integrantes del Congreso, en caso de que obtuviera las cuarenta diputaciones.

Al validar ese segmento del artículo 29, la Corte refrenda el contenido de un precepto que ahora chocará con el Código electoral capitalino recién aprobado por la ALDF, en donde el límite máximo de diputados por partido quedó en 33, en contravención a  la propia Constitución de la CDMX.

Uno de los temas que se esperaban en este debate era si la Corte mantendría la validez o no de la  división político electoral de las futuras alcaldías, a las que se les denominó circunscripciones y de las cuales emanarán candidatos a concejales que deberán representar esos territorios.

En este punto, el ministro Javier Laynez recordó que el partido Morena impugnó el artículo 53, apartado A, numeral 3, de la Constitución local, particularmente la porción normativa que detalla la división territorial, por considerar que esa delimitación no está prevista en la Constitución federal.

El proyecto del ministro Laynez consideró que es fundado el agravio y buscaba invalidar la existencia de las circunscripciones, puesto que esto obligaría a dividir la demarcación territorial en diversas circunscripciones, lo que se traduce en una limitación a los partidos políticos y también el derecho a ser votado; además de que produce consecuencias, como el que un candidato que reúne el requisito por vivir en una colonia, una vez que sea electo como parte de la planilla, bastará que cambie de domicilio para dejar de cumplir este requisito.

En su turno, el ministro José Ramón Cossío expuso que “francamente no encuentro porque sería inconstitucional las circunscripciones dentro de esta demarcación territorial. “Es verdad que el artículo 122 constitucional no alude a esta forma de identificación territorial. Pero de verdad no encuentro cuál sería este elemento. Cuando los ciudadanos en este país ejercemos el derecho de voto, lo hacemos en las calidades, dice el artículo 35, que fije la ley”, argumentó.

La ministra Norma Piña consideró que la norma impugnada no es incompatible con el sistema de planillas que es lo que básicamente proponía el proyecto, porque los electores votarán por planillas no por personas individuales.

“La planilla que obtenga mayoría de votos, ganará los cargos de mayoría relativa y el resto serán integrados por representación proporcional, y aunque los miembros de la alcaldía representan a todos los habitantes de la demarcación, —lo que la norma, incluso, no dice lo contrario— el vincular a un concejal con una circunscripción específica, facilita la participación de la ciudadanía y la comunicación con las autoridades, además de la rendición de cuentas de  los concejales y su evaluación, incluso, para efectos de su eventual reelección. Por estas razones no compartiría el proyecto”, dijo la ministra.

La ministra Margarita Luna compartió esos argumentos y agregó que el hecho de que  un concejal represente una circunscripción, no quiere decir que necesariamente deba de tener el requisito de ser de esa demarcación ni de estar sujeto, exclusivamente, a esa pertenencia.

Con nueve votos contra dos, los ministros validaron la existencia de las circunscripciones.

Triunfo de la defensa

Al calificar como un gran triunfo de la defensa legal que se hizo de la Constitución de la Ciudad de México, el consejero jurídico capitalino, Manuel Granados, expuso que de 18 disposiciones normativas impugnadas que fueron materia de análisis por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), sólo en dos se declaró la invalidez de las mismas.

Detalló que 11 de esas impugnaciones se desecharon o fueron sobreseidas, mientras que en cinco los ministros del máximo tribunal determinaron la validez del texto constitucional.

Granados ofreció una conferencia de prensa esta tarde, a escasos minutos de que la SCJN concluyó su sesión del Pleno. Ahí, el funcionario local enumeró que cuatro señalamientos del partido Morena quedaron sobreseidos, así como uno del partido Nueva Alianza en relación con el Cabildo de la Ciudad.

En el caso de la PGR, Granados destacó que la Corte haya declarado la validez del proceso legislativo, luego de que la dependencia federal pidiera anular toda la Constitución local bajo el argumento de que la Asamblea Constituyente no consultó a pueblos originarios, comunidades indígenas y personas con discapacidad.

Luego hizo referencia a los temas validados por la Corte, como la conformación del futuro Congreso local, con 33 diputados de mayoría relativa y 33 de representación proporcional, el límite máximo de 40 diputados para cada partido político en el órgano legislativo, la existencia de las circunscripciones en la división político-electoral que se hace de las futuras alcaldías y la creación de una lista A y una lista B para definir la lista de candidatos a diputados por la vía plurinominal.

Sobre los temas que la SCJN declaró como inválidos, Granados detalló que los ministros no avalaron distintas causales de nulidad electoral, mismas que ya están previstas en el artículo 41 de la Constitución federal, así como la reelección de diputados hasta por un periodo consecutivo.

El funcionario dijo que en estos temas, no se le niega al futuro Congreso local que pueda regular esos rubros que fueron hoy causa de invalidez.

Agregó que la siguiente etapa, la cual tendrá lugar entre mes y mes y medio, será la discusión del resto de los temas impugnados por instituciones como la Presidencia de la República, el Senado, el Tribunal Superior de Justicia local y la Comisión Nacional de Derechos Humanos.

Granados explicó que lo declarado invalido hoy por la Corte no requiere una reforma legal, por tratarse de asuntos que ya se prevén en la Constitución federal. Agregó que el acuerdo de los ministros es que se le notificará de los resolutivos al representante legal de la Asamblea Constituyente, que es el senador Alejandro Encinas, así como a la ALDF.  Lo resuelto por el máximo tribunal tendrá validez y vigencia una vez que se hagan esas notificaciones.

Estimó que, una vez concluido el debate constitucional en materia electoral, los ministros entrarán al análisis de la legislación secundaria también impugnada, particularmente en aquellos puntos que tendrán controversia con la Constitución local, como el límite máximo de diputados por partido político, que la Norma Máxima capitalina fija en 40, mientras que el Código electoral lo establece en 33.

Luego de darse a conocer las resoluciones de la Corte en relación a algunos artículos de la Constitución de la CDMX, Leonel Luna Estrada, presidente de la Comisión de Gobierno de la ALDF, aseguró que el órgano legislativo estará atento a la notificación formal de la Corte para los efectos de la legislación secundaria.

Celebró que los ministros hayan declarado la invalidez de algunos artículos impugnados por la PGR, Morena y Nueva Alianza, lo que demostró que no tenían razón jurídica.

Afirmó que la ALDF es el órgano facultado para legislar en materia electoral y acatará lo mandatado por el Alto Tribunal, el cual analizó controversias de inconstitucionalidad en materia electoral contra algunos preceptos del texto fundamental de la Ciudad de México.

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