Aprueban lineamientos para comicios del 2021. No será obligatorio dejar el cargo para reelegirse

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Alberto Cuenca Reportero en Capital CDMX

Ciudad de México.-El Consejo General del Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) aprobó hoy los Lineamientos para la postulación de Diputaciones, Alcaldías y Concejalías en los comicios de junio del 2021, los cuales contemplan por primera vez procedimientos de reelección.

No será obligatoria la separación del cargo para poder reelegirse, lo cual aplicará para alcaldes, diputados locales y concejales, pero estos funcionarios y representantes deberán apegarse a principios de equidad e imparcialidad en la contienda, así como en el uso de recursos públicos para no obtener una ventaja indebida.

Aquellos funcionarios y legisladores que pretendan reelegirse deberán inscribirse en una lista por separado y, en los casos de candidatos a diputados postulados por el principio de mayoría relativa, deberán hacerlo por el mismo distrito para el que fueron electos en el proceso electoral anterior, algo que el partido Morena a través de su representante Donají Olivera intentó modificar con el argumento de que ya había jurisprudencia sobre el tema de parte del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

La intención de la morenista es que un diputado pudiera reelegirse por un distrito electoral distinto al que inicialmente estuvo postulado, pero encontró oposición de parte del consejero César Ernesto Ramos, quien recordó que de acuerdo con la ley, un legislador tiene la obligación de rendir cuentas al electorado que votó por él o ella e incluso instalar su módulo de atención ciudadana dentro del distrito electoral donde logró la victoria comicial.

Aspectos de la reelección fueron los que generaron más debate y una votación diferenciada durante la sesión del IECM, cuando el consejero Bernardo Valle Monroy propuso modificar el artículo 68 de los Lineamientos, para eliminar la restricción que se imponía a candidatos al Congreso local de postularse por un principio distinto al que inicialmente usaron para registrarse para llegar al cargo.

Con una cerrada votación de cuatro a favor y tres en contra de los consejeros, finalmente se eliminó ese candado y ahora un candidato de mayoría relativa podrá postularse por el principio de representación proporcional, y viceversa.

Quienes hayan sido postulados por el principio de representación proporcional podrán ser postulados bajo la misma figura o por el principio de mayoría relativa.

Un diputado que quiera reelegirse podrá ser postulado por otro partido político, siempre y cuando haya renunciado o perdido su militancia en el instituto que los postuló durante el proceso anterior, antes de la mitad de su mandato.

Por unanimidad, se aprobó una adición al artículo 69, a fin de verificar los recursos que están a cargo de funcionarios públicos a los que tienen acceso y no se haga mal uso de ellos.

BLOQUES DE COMPETITIVIDAD

Para este proceso electoral, al igual que en el de 2017-2018, se contemplan bloques de competitividad. Esta configuración de los bloques de competitividad se establece independientemente de que la modalidad de participación sea en lo individual, coaligado o en candidatura común, y con ello se garantizará, al igual que en la elección anterior, que la integración del Congreso sea paritaria, para reducir la brecha de desigualdad entre hombres y mujeres.

Durante la discusión de los Lineamientos, la consejera Carolina del Ángel propuso la obligación para todos los partidos, coaliciones o candidaturas comunes incluir a las cuotas de personas jóvenes, indígenas y personas con discapacidad en los bloques de competitividad altos y medios, nunca en los de baja competitividad.

En este caso, fue el PAN a través de su representante Diego Garrido, el que intentó modificar el precepto. Pidió reglas más laxas para la organización de las candidaturas y que la obligación de colocar a jóvenes, indígenas o personas con discapacidad no sea en los primeros 11 bloques de competitividad, sino en cualquiera de los 33 espacios de mayoría relativa.

Los partidos políticos, candidaturas comunes o coaliciones tendrán la obligación de postular a jóvenes de entre 18 y 35 años en candidaturas de mayoría relativa y representación proporcional, así como a persona de pueblos indígenas, afrodescendientes y de la diversidad sexual, tanto en diputaciones como en concejalías.

Según los Lineamientos, el principio de paridad deberá ser atendido por los partidos políticos también en el caso de la reelección, tanto en sus procesos de selección interna, como en la postulación de sus candidaturas ante el IECM, y en ningún caso se admitirán criterios que tengan como resultado que a alguno de los géneros le sean asignados exclusivamente aquellos  Distritos en los que el partido haya obtenido los porcentajes de votación más bajos en el proceso electoral anterior, para lo cual el IECM determinará los referidos bloques de competitividad.

A su vez, el Consejero Electoral Mauricio Huesca Rodríguez destacó la implementación de acciones afirmativas, a efecto de que los partidos políticos procuren incluir en la Lista “A” para la elección de Diputaciones plurinominales, una candidatura perteneciente a personas afrodescendientes, una de personas con discapacidad y una con personas de la diversidad sexual; en tanto que en la lista para diputaciones por mayoría relativa, la postulación de esas candidaturas será obligatoria, al menos con una fórmula, para cada uno de esos grupos.

En su oportunidad, el Consejero César Ernesto Ramos Mega habló de los Lineamientos para la asignación de la Diputación Migrante, donde participarán los partidos políticos debidamente registrados, que cumplan la inscripción de una Lista “A”, una Lista “B” y una Lista A Prima.

La diputación migrante estará en esa lista A Prima y corresponderá a las personas que integren la fórmula que obtenga la mayoría de la votación válida emitida en el extranjero, para lo cual esa fórmula ocupará el primer lugar de los escaños en la asignación de Diputaciones de representación proporcional que correspondan al partido político que la postuló.

NEUTRALIDAD CONTRADICTORIA

Durante la sesión de este miércoles, el Consejo General del IECM aprobó también las medidas de neutralidad que deberán observar las personas servidoras públicas, así como las medidas de protección para quienes acudan a eventos públicos, con motivo de las elecciones del próximo año.

En las medidas de neutralidad se establece que las personas servidoras públicas de los tres órdenes de gobierno en el ámbito geográfico de la Ciudad de México, incluidas aquellas que busquen la reelección en el cargo, deberán abstenerse de efectuar campañas de promoción personalizada, a través de inserciones en prensa, radio, televisión o Internet incluidas las redes sociales, así como en bardas, mantas, volantes, anuncios espectaculares u otros similares; así como en la difusión de los programas sociales y de las acciones institucionales de beneficio social.

Sin embargo, líneas más abajo estas medidas se contradicen, pues se señala que aquellas personas servidoras públicas que contiendan por la reelección en el cargo podrán realizar actos de precampaña y campaña en los términos previstos en el Código Electoral y demás normativa aplicable.

En otra contradicción se señala que los funcionarios, incluso quienes busquen la reelección, deberán abstenerse de asistir en horarios de labores a cualquier evento o acto público, gira, mitin o acto partidista, de alguna candidatura a cargo de elección popular local; salvo aquellas personas servidoras públicas que contiendan por la reelección en el cargo, siempre y cuando su asistencia no traiga como consecuencia el uso de recursos públicos.

Aquellas personas servidoras públicas que contiendan por la reelección en el cargo podrán realizar manifestaciones en favor de su precampaña y campaña y, en su caso, del partido político o coalición que las postuló, de conformidad con lo dispuesto en el Código y demás normativa aplicable.

Funcionarios y diputados también deberán abstenerse de expresar, con motivo de su encargo, a través de cualquier medio, incluso en ejercicios que correspondan a la actividad periodística, expresiones que tengan como propósito favorecer o afectar a un partido político, coalición o candidatura, en demérito de los principios de neutralidad y equidad de la contienda.

En tanto, las medidas de protección para quienes asistan a eventos públicos, establecen las reglas que deberán ser atendidas, tomando como referencia lo establecido en el Plan gradual hacia la nueva normalidad en la Ciudad de México y los lineamentos para su ejecución, así como las demás disposiciones que al efecto emitan las autoridades sanitarias y el Consejo General del IECM.

Los partidos políticos, precandidaturas, candidaturas y personas servidoras públicas tendrán la obligación de observar los protocolos sanitarios que emitan tanto las autoridades de salud local y federal; así como aquellas que ha emitido y emita el IECM, tanto para actividades de campo como para actividad en las propias instalaciones.

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