Aprueban decreto que garantiza sacar del domicilio a agresores de mujeres

Ciudad de México.-El Pleno del Congreso de la Ciudad de México aprobó hoy una reformar a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, con la cual se garantiza la desocupación del domicilio por parte del agresor, en beneficio de la mujer y de los hijos víctimas del delito de violencia intrafamiliar.

Con estas modificaciones que surgieron de una iniciativa creada por la jefa de gobierno Claudia Sheinbaum, se garantiza también que no habrá perjuicio sobre las obligaciones legales existentes en relación a la propiedad o posesión del inmueble común.

Asimismo, se fortalecen las atribuciones de la Secretaría de las Mujeres y otras instituciones involucradas para salvaguardar la seguridad de las mujeres, sus hijas e hijos, ya que en principio sus hogares deben ser espacios seguros y libres de violencia, debido a que en muchos casos es el agresor el único proveedor económico y por lo tanto es quien establece las relaciones contractuales para el uso de la vivienda.

Durante la discusión del dictamen, se agregó una reserva presentada por el diputado Jorge Gaviño, al artículo 71, fracción III, la cual fue aprobada, para quedar de la siguiente manera: “Prohibición al agresor de enajenar o gravar de cualquier forma bienes de la sociedad conyugal, o las que se encuentren en el domicilio común en caso de concubinato o sociedad de convivencia, siendo nulas de pleno derecho aquellas que se realicen por el agresor”.

Las mujeres víctimas de violencia, tendrán derecho a obtener la reparación del daño de conformidad con la Constitución capitalina, mientras que los servidores públicos de la Ciudad serán responsables por todo acto u omisión que viole, infrinja, incumpla o contraríe las disposiciones de esta Ley.

En el artículo 63 de la ley se impone la desocupación inmediata por parte del agresor, del domicilio de la víctima, independientemente de la acreditación de propiedad o posesión del inmueble, aún en los casos de arrendamiento del mismo, del matrimonio en sociedad conyugal o de separación de bienes, y en su caso.

También se garantiza el reingreso de la mujer en situación de violencia a ese domicilio, una vez que se resguarde su seguridad.

Se debe garantizar el cumplimiento de las obligaciones contractuales del agresor con respecto a la propiedad o posesión que previamente existían o los apoyos que brindaba para ello.

La custodia personal y/ o domiciliaria a las víctimas estará a cargo de los cuerpos policiales adscritos a la Fiscalía y de la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México, según corresponda, con base a la disponibilidad de personal con el que estas instancias cuenten.

Al presentar el dictamen, la diputada Paula Soto Maldonado (MORENA), presidenta de la Comisión de Igualdad de Género, indicó que a efecto de ayudar a las víctimas de violencia familiar se establecen medidas u órdenes de protección de alojamientos temporales en espacios seguros y libres de violencia.

“Con la reforma propuesta se salvaguarda el patrimonio de las víctimas, sus hijas e hijos, al señalar que serán nulos de pleno derecho aquellos gravámenes o enajenaciones que el agresor realice a los bienes de la sociedad conyugal o que se encuentren en el domicilio común mientras las víctimas estén ausentes por haber recurrido en una medida u orden de protección”, detalló Paula Soto.

 

 

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