Aprueba el Pleno de ALDF nueva Ley de Alcaldías, pese a intento de PAN y PRD de reventar la sesión

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Alberto Cuenca Reportero en Capital CDMX

Ciudad de México.- El Pleno de la ALDF aprobó esta noche en lo general y en lo particular la nueva Ley de Alcaldías de la Ciudad de México, la primera de las leyes orgánicas que surgen por mandato de la Constitución capitalina.

La nueva legislación quedó aprobada a pesar de que la mayoría de los diputados del PRD y todos los del PAN se salieron del salón de sesiones en un intento de reventar la sesión, como estrategia para evitar que dentro del decreto quedara estipulado que los futuros concejales tendrán un salario máximo de 20 mil pesos mensuales. Panistas y perredistas querían que los concejales ganaran 40 mil pesos al mes. La alianza electoral de los partidos que integran la coalición Por la CDMX al Frente no prosperó esta vez en el órgano legislativo.

En esta votación el PRD se dividió, pues los legisladores Elena Segura y José Manuel Ballesteros respaldaron la propuesta de que los concejales perciban hasta 20 mil pesos al mes, lo que permitió que la Ley de Alcaldías se aprobara en lo particular con 34 votos a favor y cero en contra del PRI, Morena, Movimiento Ciudadano, dos perredistas y legisladores independientes, es decir, el número de votos mínimo para hacer el quórum.

Sin embargo, minutos después de esa votación una asesora del diputado perredista Mauricio Toledo repartió en la sala de prensa de la ALDF la parte de la versión estenográfica relacionada con la votación, en la que solo se contabilizan 33 votos de legisladores y no 34 como lo anunció la legisladora Dunia Ludlo, quien fungía como secretaria de la Mesa Directiva. La existencia de sólo 33 asambleistas implicaba que la sesión debió suspenderse y citar a una nueva por la falta de quórum.

La propia Segura había presentado reservas a tres artículos de esta legislación, uno para retirarle a los alcaldes las facultades de definir horarios escalonados a los trabajadores de la demarcación; otro para que las alcaldías puedan celebrar contratos para el suministro de agua y luz, y el último y más polémico, para que la retribución a los concejales no exceda el monto de 265 unidades de medida, que equivale a 20 mil pesos mensuales.

El presidente de la Mesa Directiva, el priista Adrián Rubalcava, había  anunciado que iniciaría la votación y de hecho esta ya se desarrollaba cuando el perredista Mauricio Toledo pidió que se concediera un receso de cinco minutos a fin de que el PRD pudiera definir la manera en la que votaría.

Rubalcava concedió el receso, pero cuando reinició la sesión los del PRD y del PAN no estaban, sin embargo, la estrategia no les valió para evitar que se aprobara la Ley de Alcaldías, incluidas las reservas que presentó su compañera Elena Segura. Así, quedó solventado un tema que había atorado los trabajos de la ALDF durante los dos últimos días, pues panistas y perredistas habían llegado a las discusiones con el tema del salario de los concejales como un asunto irreductible.

Derivado de esta ley, queda establecido que las Alcaldías son la nueva forma de gobierno que sustituye a las Jefaturas Delegacionales. Se integrarán por una Alcaldesa o Alcalde y un Concejo, electos por votación universal, libre, secreta y directa para un periodo de tres años. Seis de estos concejales representarán las circunscripciones en las cuales se dividirá cada Alcaldía, las cuales mantienen la identidad de los pueblos y barrios originarios y comunidades.

El Concejo es el órgano colegiado electo en cada demarcación territorial, que tiene como funciones la supervisión y evaluación de las acciones de gobierno, el control del ejercicio del gasto público y la aprobación del proyecto de presupuesto de egresos correspondiente a la Alcaldía. En ningún caso ejercerán funciones de gobierno y de administración pública. Tendrán como obligación reunirse una vez al mes.

Con la ley se garantiza la personalidad jurídica y se dota de autonomía a las Alcaldías con respecto a su administración y al ejercicio de su presupuesto y establece competencias en sus jurisdicciones en materia de movilidad, seguridad, obra pública, seguridad ciudadana, entre otras. Además, establece estar sujeta a las disposiciones de las leyes relacionadas con los sistemas nacional y local anticorrupción que establecen la Constitución Local.

La ley determina los requisitos para ser alcalde o alcaldesa, tales como ser mayor de 25 años, tener residencia efectiva en la demarcación, por lo menos de seis meses ininterrumpidos inmediatamente anteriores al día de la elección; así como no ocupar cargos públicos, al menos 60 días antes de la elección.

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