Aprueba Congreso de Guerrero cárcel por difundir contenido íntimo

Chilpancingo, Guerrero.- El pleno del Congreso local en Guerrero aprobó dos de las tres reformas que forman parte de la iniciativa llamada ‘Ley Olimpia’, las cuales tipifican como delito a la difusión de contenido íntimo sin consentimiento y el ciberacoso, actos que podrían ser castigados con hasta seis años de cárcel.

Este martes se dio lectura por segunda vez del dictamen presentado por la Comisión de Justicia que incluye siete propuestas de reformas al Código Penal de Guerrero, incluidas dos que fueron promovidas por el Frente Amplio para la Sororidad y la Cooperativa Feminista Las Revueltas, para combatir la violencia digital.

La aprobación del dictamen se dio de manera unánime, con lo que se agrega al capítulo V y artículo 187 del Código Penal, que establece que cometerá el delito de la divulgación no consentida de imágenes o videos íntimos sexuales quien por cualquier medio publique, transmita, copie, reproduzca, modifique, emplee , difunda o comparta fotografías, imágenes, audios o videos con contenido sexual de otra persona sin su consentimiento por medio de aplicaciones tecnológicas de mensajería y/o plataformas digitales de mensajería instantánea y multimedia, así como por redes sociales o digitales.

Las sanciones serán de tres a seis años de prisión para quien cometa el delito y el mismo artículo plantea que se considerará agravante y aumentará la pena una tercera parte si quien lo cometa tiene relación de parentesco, consanguinidad, afinidad, civil, laboral, política  o haya tenido alguna relación sentimental, afectiva o de confianza con la víctima.  

Además, aumentará la mitad cuando el contenido íntimo divulgado  corresponda a víctimas menores de 18 años o personas que no tienen capacidad de comprender el significado del hecho aún con su consentimiento.

También se especifica que cuando exista “ánimo lucrativo, hostigamiento, de extorsión y/o para obtener beneficios sexuales para sí o para un tercero; en la revelación del contenido a que se refiere este artículo, la pena de prisión se aumentará hasta en una mitad adicional”.

También se reformó el artículo 179 que refiere a la violación equiparada, en la que se aumentó a dos años la pena mínima y se sostiene la máxima a 40 años.

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