Alistan candados contra pseudo cirujanos plásticos

Ciudad de México.- En el Senado de la República se discuten reformas en materia de salud para evitar la proliferación de supuestos cirujanos ásticos, que causan graves daños a las personas.

La senadora Ana Gabriela Guevara presentó un proyecto de reforma a la Ley General de Salud para que en el Artículo 81 quede implícito que la emisión de los diplomas de especialidades y de grado académico de posgrado en áreas de la ciencia médica y de la salud corresponde a las instituciones de educación superior y de salud oficialmente reconocidas ante las autoridades correspondientes.

Además, para la realización de los procedimientos médicos quirúrgicos de especialidad que se practiquen en pacientes enfermos para el restablecimiento de su salud o para corregir, aminorar y resolver traumas, lesiones o accidentes que hayan sufrido en algún órgano u órganos, se requiere que el especialista haya sido entrenado para la realización de los mismos en instituciones de salud oficialmente reconocidas ante las autoridades correspondientes.

La exigencia que se establece en el párrafo que antecede, no le será aplicable a los médicos que cuenten con grado académico de posgrado en áreas de la ciencia médica y de la salud que atiendan a personas sanas.

También, los Consejos de Especialidades Médicas que tengan la declaratoria de idoneidad y que estén reconocidos por el Comité Normativo Nacional de Consejos de Especialidades Médicas, constituido por la Academia Nacional de Medicina de México, la Academia Mexicana de Cirugía y los Consejos de Especialidad miembros, están facultados para expedir certificados de su respectiva especialidad médica, así como para grados académicos de posgrado en áreas de la ciencia médica y de la salud que sean afines o se relacionen con dichas especialidades.

Mientras que para la expedición de la cédula de médico especialista las autoridades educativas competentes solicitarán la opinión del Comité Normativo Nacional de Consejos de Especialidades Médicas, que deberá de emitirla en un plazo no mayor a sesenta días naturales contados a partir de la fecha en que se le haya solicitado dicha opinión

"Para la expedición de la cédula de médico especialista las autoridades educativas competentes solicitarán la opinión del Comité Normativo Nacional de Consejos de Especialidades Médicas, que deberá de emitirla en un plazo no mayor a sesenta días naturales contados a partir de la fecha en que se le haya solicitado dicha opinión", indica la propuesta de la Senadora.

El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

El Comité Normativo Nacional de Consejos de Especialidades Médicas, tendrá un plazo no mayor a 90 días naturales contados a partir del día siguiente de que entre en vigor el presente decreto, para emitir las opiniones a que se refiere el último párrafo del artículo 81 de la presente ley, que le hayan sido solicitadas por las autoridades educativas con anterioridad a que surta efectos el mismo.

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