Al aprobar Ley Orgánica del Poder Judicial, ALDF reconoce parcialmente al Consejo Judicial Ciudadano

Alberto-Cuenca.capital-cdmx.org
Alberto Cuenca Reportero en Capital CDMX

Ciudad de México.- La Comisión de Administración y Procuración de Justicia de la ALDF aprobó esta mañana, por unanimidad, el dictamen de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la CDMX, por el que se reconocen parcialmente las atribuciones y existencia del Consejo Judicial Ciudadano capitalino, una instancia concebida desde la Constitución local.

Contrario a la primera versión del proyecto de dictamen que se hizo público en días pasados, donde de plano no se hacía ninguna referencia al Consejo Judicial Ciudadano, en el dictamen aprobado este sábado los legisladores sí incorporaron en los artículos 209 y 2010 una de las facultades de ese organismo, como es la designación de los siete integrantes del Consejo de la Judicatura.

Además, se incorporó en un artículo tercero transitorio del dictamen que, tanto el Consejo Judicial Ciudadano y el Consejo de la Judicatura iniciarán su vigencia el 1 de octubre de 2018. El dictamen se subirá en las próximas horas al Pleno de la ALDF para su eventual ratificación.

En marzo pasado, los magistrados de la Sala Superior del Tribunal Superior de Justicia del DF (TSJDF) impugnaron la Constitución capitalina ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). Entre los temas que forman parte de la controversia constitucional está el rechazo a conformar ese Consejo, porque los impartidores de justicia consideraron que invadía la autonomía del poder judicial.

En el artículo 37 de la Constitución de la CDMX se señalan las facultades del Consejo Judicial Ciudadano, entre las que se encuentran designar a los integrantes del Consejo de la Judicatura; proponer al Fiscal General de Justicia, así como a los fiscales especiales en materia electoral y del sistema anticorrupción. 

Según ese artículo, el Consejo Judicial Ciudadano es un órgano que estará integrado por once personas de las que siete serán profesionales del Derecho. Deberán gozar de buena reputación y haberse distinguido por su honorabilidad e independencia; no tener conflicto de interés; no haber participado como candidatas o candidatos en un proceso de elección popular cuatro años antes de su designación. El cargo no será remunerado.

Si bien el dictamen de la Ley Orgánica del Poder Judicial aprobado hoy considera la existencia del Consejo Judicial Ciudadano, en el documento no se desglosa la forma en la que ese organismo deberá conformarse, en apego al artículo 37 de la Constitución local.

Lo que sí se armoniza con la Constitución, aunque también está impugnado en la Corte, es la duración en el cargo del presidente del TSJDF. Así en el dictamen que se aprobó esta mañana, la ALDF avaló el artículo 38 de la Ley Orgánica, en el cual se establece que la o el Magistrado que presida el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México durará en su cargo un año y será electo por mayoría de votos en sesión pública y mediante sufragio secreto.

La persona que haya sido electa para este cargo no podrá volver a ocuparlo ni de forma sucesiva ni alternada, independientemente de la calidad con que lo haya ostentado. Además, se precisa que quien presida el Consejo de la Judicatura local no podrá presidir al mismo tiempo el Tribunal Superior de Justicia.

La Ley del Poder Judicial es la última de cuatro leyes orgánicas que la ALDF debe crear por mandato establecido en la Constitución de la CDMX. En días previos, el órgano legislativo ya avaló las leyes del Congreso captialino, de las Alcaldías y de la Administración Pública de la Ciudad.

La Ley del Poder Judicial regula la organización y funcionamiento del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura capitalinos, así como de los órganos judiciales. Detalla que el Tribunal contará con una Sala Constitucional, un Consejo de la Judicatura y Juzgados.

 El documento establece una integración que difiere de lo conocido hasta hoy y da legitimidad al Poder Judicial, ya que se da un cambio de paradigma en lo que respecta a la designación de quiénes ocuparán una magistratura, lo que da respuesta a una demanda constante de los ciudadanos: que exista una verdadera independencia de este poder.

Este cambio radica principalmente en que las ternas de candidatos a magistrados del Tribunal no surgirán como una propuesta del Jefe de Gobierno, sino del Consejo de la Judicatura, mismos que serán evaluados y ratificados por dos terceras partes de los integrantes del Congreso de la CDMX.

En el proyecto se afirma que en la Ciudad de México habrá el número de juzgados que el Consejo de la Judicatura considere necesarios para que la administración de justicia sea expedita. Dichos juzgados estarán numerados progresivamente.

En esta nueva se detalla la creación del Justicia Alternativa, el cual será un órgano desconcentrado del Tribunal de Justicia y tendrá plena autonomía técnica, operativa, presupuestaria y de decisión, mientras el Instituto de Servicio Periciales y Ciencias Forenses será un órgano más separado del Consejo de la Judicatura y estará dotado de autonomía técnica y presupuestal, por lo que deberá ser especializado en la prestación de servicios periciales y forenses.

Sobre la Visitaduría Judicial el dictamen señala que será el órgano auxiliar del Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México, el cual estará bajo la responsabilidad de la Comisión de Disciplina Judicial y tendrá la competencia para verificar el funcionamiento de las Salas y de los Juzgados, y para supervisar las conductas de los integrantes de estos órganos, de conformidad con los lineamientos emitidos por el Consejo.

La Ley de la Sala Constitucional

Los diputados integrantes de la Comisión de Administración y Procuración de Justicia de la ALDF también aprobaron, por unanimidad, el dictamen a la iniciativa con proyecto de decreto para crear la Ley de la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México, la cual será la máxima autoridad local en materia de interpretación de la Constitución Política local.

El dictamen será presentado en el Pleno durante la sesión de hoy para dar cumplimiento al objetivo de reglamentar el artículo 36 de la Constitución Política de la Ciudad de México.

Este documento incluye las propuestas de los diputados Jorge Romero Herrera (PAN) y de Mariana Moguel Robles (PRI), al destacar que la Sala Constitucional conocerá y resolverá las acciones de inconstitucionalidad, las controversias constitucionales, las acciones por omisión legislativa, entre otros.

Además del juicio de restitución obligatoria de derechos humanos, por recomendaciones aceptadas y no cumplidas, a fin de emitir medidas para su ejecución; las impugnaciones por resoluciones emitidas por los jueces de tutela en acción de protección efectiva de derechos humanos; y las impugnaciones que se presenten en el desarrollo del procedimiento de referéndum para declarar la procedencia, periodicidad y validez de éste.

Mientras que la Sala será integrada por siete magistradas y magistrados designados por el Pleno del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, cuya selección será en sesiones abiertas y transparentes, de acuerdo al procedimiento que establezca la Ley Orgánica. El número de integrantes de un mismo género no podrá ser mayor a cuatro.

Los integrantes de la Sala Constitucional durarán hasta ocho años en el cargo y podrán ser ratificados.

El artículo 80 de dicho dictamen de Ley menciona que las acciones de inconstitucionalidad podrán ser interpuestas por la persona titular de la Jefatura de Gobierno, con al menos 33 por ciento de las y los diputados del Congreso; cualquier organismo constitucional autónomo en la materia de su competencia; la o el Fiscal General de Justicia, así como los partidos políticos en el rubro electoral, y la ciudadanía que considere afectados sus derechos por la vigencia de dicha Ley, siempre que la solicitud cuente con al menos cinco mil firmas de las personas inscritas en la lista nominal de electores de la ciudad.

Por otra parte, los integrantes de la Comisión de Administración y Procuración de Justicia, que preside el diputado Israel Betanzos, aprobaron el proyecto de dictamen por el cual se reforman y adicionan diversos artículos de la Ley Orgánica del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México en materia de Juicios Orales Mercantiles.

La iniciativa fue presentada por el diputado Leonel Luna Estrada, presidente de la Comisión de Gobierno de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, la cual propone una reforma a la fracción I del artículo 71 de la Ley Orgánica del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, en el sentido de que los jueces de lo civil de cuantía menor conocerán de los negocios de jurisdicción concurrente, cuya suerte principal sea inferior a la cantidad que el artículo 1340 del Código de Comercio establece para que un juicio sea apelable.

Imprimir artículo Síguenos en Google News

Post más visitados en los últimos 7 días