Ley prohíbe fumar en 11 espacios del Centro Histórico

El Centro Histórico contará con 11 espacios libres de humo de tabaco.  

Así lo afirmó el Director General de la Agencia de Protección Civil del Gobierno de la Ciudad de México (APC), Ángel Gónzalez Domínguez. 

En el documento publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, se explica que el propósito de la reforma es beneficiar tanto a los moradores como a los visitantes de la capital. 

Gonzáles aseguró que, a partir del primero de junio, los lugares en los que se podrá caminar en espacios libres de humo serán: 

1.- El Zócalo de la Ciudad de México 

2.- Los Portales del Antiguo Palacio del Ayuntamiento (ubicados entre calle 20 de Noviembre y calle 5 de Febrero)  

3.- Los Portales (ubicados entre calle 16 de Septiembre y la calle Francisco I. Madero) 

4.- La calle 20 de Noviembre, entre el Zócalo y Venustiano Carranza  

5.- El empedradillo 

6.- La Plaza del Centro Histórico, ubicada en calle Monte de Piedad 

7.- El Corredor Peatonal de Francisco I. Madero  

8.- Los Portales (Calle 20 de Noviembre y calle José María Pino Suárez) 

9.- La Plaza Manuel Gamio 

10.- La Plaza de la Mexicanidad 

11.- La Plaza del Seminario  

Para el conocimiento de la población visitante, se colocarán señalizaciones que delimiten las áreas en las que se deberá de cumplir el régimen impuesto por las autoridades. 

Ley prohíbe fumar en espacios públicos del Centro Histórico

La APC junto con la Subsecretaría de Programas de Alcaldías y Reordenamiento en la Vía Pública y la Secretaría de Salud determinaron las áreas destinadas a la adopción de la orden. 

Además, acordaron acciones para promover una cultura de respeto hacia las personas no fumadoras. 

Entre los planes para divulgar la importancia de la existencia de áreas libres de humo, las autoridades se comprometieron a desarrollar campañas de concientización. 

Las sanciones para quienes incumplan los artículos 28, 29 y 30 de la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México, van desde el cumplimiento de 12 horas de trabajo comunitario hasta multas de 2,288 pesos mexicanos. 

Con esta reforma se busca abogar por los terceros que son accidentalmente consumidores de sustancias producto de la combustión de tabaco por inhalación pasiva. 

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