Jueces imparciales, pero no neutrales

Ciudad de México.- Las resoluciones que adopte la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobre las diferentes impugnaciones presentadas contra la primera Constitución Política de la CDMX mostrarán si nuestro sistema político ha logrado adecuarse institucionalmente a las transformaciones democráticas de la sociedad moderna y si el control judicial realmente ha desarrollado nexos con los derechos humanos. La garantía de estos derechos establecidos en su momento por el Poder Constituyente debe ser ratificada por el Poder Judicial. Los jueces de nuestro máximo órgano jurisdiccional tienen la responsabilidad de ratificar los procedimientos democráticos establecidos en la carta magna local.

Las controversias constitucionales y las acciones de inconstitucionalidad presentadas por quienes buscan impedir el progreso democrático de la ciudad deben ser combatidas con argumentos jurídicos y políticos fundados en los principios, derechos y garantías de los ciudadanos en cualquier orden democrático. Es necesario atrincherar los derechos humanos a nivel constitucional. El control judicial debe hacer realidad el derecho de todos los miembros del cuerpo político a participar en condiciones de igualdad en las decisiones públicas. Por tal razón, el control de constitucionalidad no debe concluir sin más en la declaratoria de invalidez o inaplicabilidad de la norma.

Ser imparcial consiste en valorar el conflicto en términos de principios generales que se aceptan independientemente de la situación en particular, sin permitir que las preferencias o prejuicios personales influyan en las decisiones. Para salvaguardar los derechos de la parte más débil y garantizar la igualdad, es necesario asumir el principio de imparcialidad, porque el de neutralidad anula la justicia. Los jueces pueden equivocarse, no hay duda alguna, pero el efecto de un control constitucional de índole procedimental también consiste en promover las condiciones y valores que favorecen la progresividad democrática de los derechos humanos.

El jurista Ronald Dworkin consideraba que los jueces deben formular y entender mejor los conceptos clave con los que se expresa la ética pública predominante, porque si debemos argumentar frente a valores en pugna, y no sólo con respecto a hechos, predicciones o interpretaciones formales, no queda más que decidir argumentativamente por alguno de los valores contrapuestos. Nuestros jueces deben y pueden, con sensatez y seriedad, asumir los derechos humanos, pero no con el propósito de reducir o simplificar las controversias, sino para hacerlas más respetables e ilustradas aumentando su legitimidad.

La SCJN se pronunciará en breve porque así lo exigen algunas de las materias controvertidas, como el caso de la temática electoral donde la Asamblea Constituyente estableció modificaciones en la estructura de la representación política, al tiempo que definió un modelo de organización político-administrativa donde los concejales supervisarán y evaluarán las acciones de los alcaldes en cada demarcación territorial. Para dar cumplimiento a lo establecido y para respetar la temporalidad legal, el INE actualmente diseña el mapa de la redistritación local para definir la nueva geografía electoral de la capital del país. Tanto la ley electoral como el establecimiento de los límites de los distritos electorales deberán concluirse en mayo para celebrar en tiempo y forma los comicios de 2018. Requerimos un Poder Judicial seriamente comprometido con los valores democráticos.

Correo: [email protected]

Twitter: @isidrohcisneros

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