Eutanasia

Ciudad de México.- Esta semana reinicia la discusión en la Asamblea Constituyente sobre los artículos contenidos en el Título Primero de la Constitución Política de la Ciudad de México, referidos a la “Carta de Derechos”.    

Este apartado del que será nuestro máximo ordenamiento jurídico local establece las normas y garantías de los derechos humanos de los ciudadanos. Específicamente, en su artículo 11 plasma el derecho a la autodeterminación, afirmando que todo individuo tiene la facultad para el libre desarrollo de su personalidad.

Este derecho es el más importante en la jerarquía de los derechos humanos porque representa la autonomía y la libre determinación para decidir sobre sí mismo. Se fundamenta en el respeto de la dignidad, el bienestar y el desarrollo individual.

La autodeterminación es una de las variables que inciden sobre la calidad de vida y estimula que seamos protagonistas de nuestro propio ser, para elegir entre opciones diferentes y expresar libremente, y con la máxima autonomía, nuestras decisiones.

La autodeterminación proyecta la independencia y la capacidad de elección que posee cada uno de los integrantes de la sociedad. La libertad como autodeterminación establece la ausencia de condiciones y la más amplia posibilidad de elección. Es absoluta e incondicionada y, consecuentemente, no sufre limitaciones y no tiene grados.

Uno de los derechos humanos que debe tener toda persona es la libertad de elegir morir con dignidad. El artículo primero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos precisa la prohibición de toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, género, edad, discapacidades, condición social, salud, religión, opiniones, preferencias, estado civil o –lo subrayo- cualquier otra que atente contra la dignidad humana.

Si la persona es mayor de edad y considera preferible terminar con su vida antes de una muerte derivada del deterioro de su salud por padecimientos que comprometen su calidad de vida, y por lo tanto, decide elegir  libremente la opción de asistir a un proceso psicoterapéutico con personal certificado, para morir, es necesario que disponga de los apoyos médicos y hospitalarios para acceder a la eutanasia con dignidad y con el mayor bienestar posible durante esta intervención médica.

En distintos países se autoriza la eutanasia: Holanda, Bélgica, Suiza, Luxemburgo y Colombia. En Estados Unidos  es legal en Washington, Oregón, Montana, Nuevo México y Vermont. Los avances de la tecnología permiten prolongar la vida de formas inimaginables hace décadas.

Es necesario establecer un documento de Voluntad Anticipada para regular el actuar médico ante situaciones donde el paciente pierde la capacidad para decidir sobre las intervenciones médicas con respecto a su salud. Toda persona tiene derechos sobre su cuerpo y su vida. No hay razón para aceptar una forma de existencia limitada, en la que también sufren familiares y amigos.

La vida en determinadas condiciones, puede llegar a ser indigna. Una vida que no se puede vivir no es un privilegio, es un castigo. Por tanto, he propuesto al Pleno del Constituyente incorporar el derecho que todos tenemos para una “buena muerte” a través de la eutanasia. Seamos una Ciudad con miras al futuro garantizando constitucionalmente el derecho a la muerte digna.

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@isidrohcisneros

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